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lunes, 17 de agosto de 2026

Actualidad - Hemeroteca - Documentación: El artículo "Un documento histórico: Las Reglas de Nuestra Hermandad de 1802", de Joaquín Velázquez Gallego en "Patrona de Burguillos", Boletín de la Hermandad de la Virgen del Rosario de Burguillos nº 5, de 1999, pág. 27

      Mostramos en Historia de Burguillos, el artículo publicado por Joaquín Velázquez Gallego en el Boletín "Patrona de Burguillos", del año 1999 que hace el nº 5, desde que surgió en el año 1995, (aprovechando que con las recién iniciadas obras de nueva pavimentación de la Iglesia de Burguillos, y ante la aparición de restos óseos de Burguilleros, muchos de ellos hermanos de la Hermandad de la Virgen del Rosario y devotos de la Virgen, enterrados en la Iglesia, y en concreto en esa posible cripta que mencionaba el párroco y que al parecer, se halla bajo el Retablo de las Ánimas Benditas del Purgatorio, ubicación que ocupó la Hermandad de la Virgen desde sus orígenes, allá por 1547 -de momento- y hasta 1783 en que pasó a presidir la Capilla Sacramental) dentro de la sección "Historia", se titula "Un documento histórico: Las Reglas de Nuestra Hermandad de 1802" (página 27), que seguro es de utilidad para conocer mucho mejor nuestra Parroquia, y que paso a transcribir íntegramente:


     De entre los escritos históricos que la Hdad. de Ntra. Sra. del Rosario custodia en su archivo, y que periódicamente saca a la luz en el artículo denominado "sabías que...", tratando de dar a conocer aspectos históricos de nuestra hermandad que tiene más de 300 años de vida, hemos encontrado el documento que se transcribe literalmente y que trata sobre los "Nuevos establecimientos que se han de cumplir por esta Hermandad", es decir, las reglas que se aprobaron en un cabildo para encauzar la vida de la Hermandad en los comienzos del siglo XIX, redactándose de la siguiente manera:
     " ...atendiéndose por Nuestro Reverendo Señor Presidente, Oficiales y demás hermanos de esta Hermandad a que acaso podrá haber sido motivo para no incorporarse en ella muchos fieles el no pagar de algún sufragio, ya que no en la vida ni en la muerte; se acordó de conformidad que para el sufragio del alma de cada uno de los hermanos que fallezcan (y constara de la lista, que al final de este libro se ha de poner de los que se han recibido y se reciban por hermanos), se mande decir por esta Hermandad una misa cantada, su limosna de diez reales y que se de media libra de cera para alumbrar al cuerpo del difunto cuyo gasto hade ser de cargo de la misma.
     Que todos los hermanos han de ser obligados a concurrir al entierro del que fallezca, y faltando ha de pagar por cada vez una cuenta de cera o su valor, al menos, que no sea por ausencia, enfermedad u otra legítima causa, que deberá ser testigo nuestro hermano fiscal que es o fuese.
     Que por el hermano Mayordomo, Alcalde, Diputado o Escribano, sucesivamente se de orden al muñidor en tiempo y hora competente para que avise a dicho fin.
     Así mismo serán obligados todos los hermanos que sean y fuesen a pedir una demanda cada mes por su antigüedad, y faltando, por cada día de fiesta que no lo cumpla, contribuirá con la limosna de un real en cuyo cumplimiento cuidará el Mayordomo y demás oficiales.
     Igualmente considerándose tener Nuestra Hermandad algún fondo proporcionado para cumplir la Función de Purificación, Asunción y el Santísimo Rosario, y atendido el mayor culto de Dios y de Nuestra Santísima Madre y Señora Titular, y excitar a los fieles a la mayor compasión y acompañarla en la tierna soledad que quedó por la muerte de su Santísimo hijo y Nuestro Redentor Jesucristo, se acordó de conformidad se haga por esta hermandad y costee perpetuamente en el Viernes Santo de cada año Procesión de Soledad, precedido a ella Sermón de este Misterio, contribuyéndose para él la limosna acostumbrada de cincuenta reales para los dichos párrocos, veintiséis -reales- de cera para los ministros de Iglesia, y la demás, que para los hermanos y dichos fieles pueda la Hermandad sufragar, volviéndola a recoger.
     En el cumplimiento de todo lo que nuevamente queda establecido, pondrá el debido cuidado y esmero el Mayordomo y demás oficiales, que son y fueren y el Señor Cura que es o sea como Presidente de esta Nuestra Hermandad que -- a los Señores Provisor y Visitadores u otros establecimientos para su mayor validación y cumplimiento inviolablemente; con lo que se concluyó este acuerdo y cabildo que firman el Señor Cura Presidente, y demás que saben hacerlo, por si y por los que no, de todo lo cual yo el Secretario certifico...
"
     Como se deduce del documento, los hechos más importantes en la vida de Nuestra Hermandad por entonces, era el enterrar y honrar a los hermanos fallecidos y celebrar tres misas principales a lo largo del año (La Purificación - Candelarias - el 2 de febrero, la Asunción el 15 de Agosto, y el Rosario el 7 de Octubre, que es la única que hoy mantiene nuestra corporación), pedir mensualmente por el pueblo y la gran novedad que constituye el procesionar el Viernes Santo como Virgen Dolorosa, tradición que mantuvo hasta el siglo XX de forma esporádica como se demostró con la fotografía que apareció en el Boletín nº 2 del año 1996, en la sección, denominada "Archivo Gráfico".
Joaquín Velázquez Gallego




lunes, 13 de abril de 2020

Bibliografía: Capítulo XLI "Menudencias históricas" del libro "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia" de Francisco Rodríguez Hernández, de 1999.

   Mostramos en Historia de Burguillos el capítulo XLI, y último, del libro "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia", de Francisco Rodríguez Hernández, editado por el Ayuntamiento de Burguillos y la colaboración de la Diputación de Sevilla en 1999, y que trata sobre Menudencias históricas, ocupando las páginas 193 a 202 de dicha monografía y que pasamos a transcribir íntegramente:
Pág. 193 del libro "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia".
Menudencias históricas
   Nada refleja mejor la idiosincracia de un pueblo, como el contenido de los escritos en que queda atrapado de forma casi imperceptible, el largo e imparable discurrir del curso de su historia.
   Una atenta lectura de estos documentos, nos pone en conocimiento del bullir cotidiano y del afán constante, que rige inexorable, el tic tac perseverante de la vida colectiva y personal de la comunidad.
   La curiosidad me ha llevado a escudriñar en los entresijos de aquello, que en mayor o en menor grado, constituye el armazón que soporta el peso de toda la fuerza vital, que da vida a las generaciones presentes en cada época.
   Para informar a mis amables lectores, voy a espigar en el meollo de algunas escrituras, y divulgar con ello, algunos datos de curioso contenido.
   Lo que va a continuación son historias abreviadas, que han sido extraídas como con pinzas, de olvidadas y apolilladas escrituras, que duermen sueños de siglos, en los archivos en que se hallan sepultadas; y ya empiezo:

          Arrendamiento por espacio de dos vidas, de Juan Martín Calero y Leonor Gómez, su mujer, a la fábrica de la iglesia, de unas tierras que lindan, por la una parte, con tierras del mayorazgo de don Juan de Esquivel, y por la otra, con tierras de doña Juana de Córdoba y Cárcamo [...] Burguillos 15 de agosto de 1633.- Archivo de Protocolos.

   Dos cosas es de señalar; primero considerar lo antigua que es la presencia de la familia Esquivel en Burguillos, y segundo comprobar que en dicha fecha, ya tenía instituido mayorazgo.
   Donación a la iglesia:

          Sepan cuantos esta carta de reconocimiento vieren, como yo, el capitán Francisco Velázquez de la Parra, mayordomo de la fábrica de la iglesia de esta Villa, vecino de ella, otorgo y conozco por esta presente carta, y digo que por cuanto Gregorio Martín, el sordo, difunto, vecino que fue de esta dicha Villa, dejó a la dicha fábrica, unas casas suyas propias, que son en esta Villa, en la calle Real de ella, que lindan con casas de los padres de la compañía de Jesús, de la ciudad de Sevilla, y con un solar de casas y puerta del mayorazgo de don Íñigo de Córdoba, las cuales dejó a la dicha fábrica, con cargo y obligación de decir ciertas misas, y pagar un tributo perpetuo, al citado mayorazgo.- Fecha 7 de agosto de 1634.- Ibídem.

   Extraña comprobar la existencia de patrimonio a nombre de los padres jesuitas, pues sus estatutos y reglamentos  los  prohibe. Para  ello se valían de colegios y residencias, a cuyo nombre estaba todo lo
Pág. 194 del libro "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia".
que poseían; a no ser que el redactor del escrito no se detuvo en detalles, mencionando los que sabía que eran dueños, sin considerar a nombre de quién estaba. Sin embargo sabemos que todas las propiedades que poseían en el término de la Villa de Burguillos, que eran muchas, estaban a nombre del Colegio de San Hermenegildo de Sevilla, que era naturalmente de la Compañía de Jesús.
   Por cierto, que el año de 1634 fue en Burguillos de gran carestía y necesidad, y para paliar en lo posible, los efectos de esta situación, el que era alcalde mayor Bartolomé Márquez, repartió entre los vecinos del pueblo, trigo del Pósito de la Villa, que tenían que haber pagado, el día de Santiago siguiente, pero al no poderlo hacer por falta de medios, el capitán don Alonso Pérez Romero, titular entonces del señorío de Burguillos, le notifica al alcalde por escritura pública ante escribano, en fecha 30 de septiembre de 1635 que: "le hace responsable de ello, y le ordena que él satisfaga y pague, y si no lo hace, los daños y menoscabos, que en razón de ello hubieren al dicho pósito, serán por su cuenta y riesgo, y serán cobrados de sus bienes y hacienda, como se hallare por derecho". Todo un ejemplo de caridad cristiana.
   Queda patente el interés y el celo mostrado por el señor de la Villa, por preservar inalterable la capacidad del Pósito, conminando con energía al alcalde, a que reponga de su bolsillo el trigo repartido entre los vecinos, en una época de carestía y hambre. Vamos a conocer a continuación, la información que sobre los Pósitos, nos facilita Alfonso Lazo Díaz, en su obra La desamortización eclesiástica en Sevilla, Diputación de Sevilla y Facultad de Filosofía y Letras. Sevilla 1970.

          Pósitos: Fueron fundados para facilitar a los labradores granos y dinero a un interés moderado, para sementeras y proporcionar trigo a los pueblos para el panadeo en los meses de escasez. Algunos prelados y hombres acomodados se ocuparon de la fundación de estos depósitos de trigo; incluso los mismos pueblos los erigieron en época de abundancia, a costa de censos y repartimientos, que tomaron sobre sí. En la provincia de Sevilla, existían en 1800, 193 Pósitos reales.
          El propio Estado acabó dándole la puntilla. En 1836, cuando solo quedaban en toda España 6.300 Pósitos, se les exigió un anticipo de seis millones de reales para gastos de guerra, que nunca les fueron reintegrados; dice un documentos oficial: entonces los Pósitos quedaron como muertos.

   Nada hay que comentar. La fuerza de los hechos, sobrepasa a la de las palabras.
   Vean las apretadas y duras condiciones, en que le fue arrendadas unas tierras a un portugués, llamado Domingo Hernández, con residencia a la sazón en Alcalá del Río:

          [...] arriendo y tomo, en renta y tributo, por tiempo de mi vida, de don Francisco Velázquez, un pedazo de tierra de pan sembrar que tiene en Burguillos, que le dicen el Villar de San Cristóbal, por precio de 34 reales de vellón en cada año [...].
Pág. 195 del libro "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia".
   Y más adelante:
          
          Item. Con condición, que por ningún caso, pensado o no pensado, del cielo o de la tierra, de fuego, hielo, langosta, arriénse los campos, ora siembre las dichas tierras, ora no coja frutos de ellas, o no sea considerable, u otro cualquier caso que suceda, acontecido o no acontecido, ordinario o extraordinario que sea, no por eso he de dejar de pagar el dicho tributo, en el día previsto de cada año, sin que pueda pedir descuento, ni baja de él; y si lo pidiere, que no sea oído en juicio, ni fuera de él [...]. Fecha 29 de mayo de 1634. Ibídem.

   El pobre quedaba sin escapatoria posible.
   Cuando los vecinos de Burguillos tenían necesidad de trasladarse a Sevilla, bien con motivo de una enfermedad, bien para evacuar una gestión, o bien para la compra de mercancía, era de todo punto imprescindible al llegar a Alcalá del Río, pasar de una orilla a otra orilla del río Guadalquivir, utilizando la barcaza que estaba en servicio para estos fines; pero había que pagar el servicio que se recibía. Pero por lo visto no se estaba muy de acuerdo con estos pagos, a juzgar por lo que se dice en el escrito que voy a dar a conocer a continuación:

          Las autoridades de la Villa de Burguillos, formulan una petición a la Real Audiencia, Jueces y Justicias cualquiera de Su Majestad, para que se reconozca el título que esta Villa tiene, para que sus vecinos puedan pasar por la barca de Alcalá del Río, libremente y sin que paguen cosa alguna, y en razón de ello, puedan pedir cualesquiera provisiones, mandamientos y otras cosas que convenga hacer, etc. [...] Fecha 29 de abril de 1635. Ibídem.

   Ignoramos el resultado de esta extraña aunque justa petición. Sin embargo, sabemos por un Libro de Propios del archivo municipal hispalense, que en 1703, la barca de Alcalá del Río, porporcionó al ayuntamiento de Sevilla, -del cual dependía- una renta de 114.750 maravedís, lo que nos hace pensar, que dado el negocio que esta actividad representaba, la petición de las autoridades burguilleras, hecha 68 años antes, desgraciadamente no sería atendida.
   En octubre de 1699, el arzobispo de Sevilla, don Jaime de Palafox y Cardona (1684-1701), le recuerda al cura párroco de Burguillos, que deberá mandar hacer, un confesionario de madera como estaba ordenado. También le saber que en la festividad del Corpus, en que sale Nuestro Señor Sacramentado en procesión, depositado en urna de cristal, le ordena que no salga en andas, sino en un viril, y que le lleve un sacerdote en las manos, revestido como previene el Ritual Romano. Ibidem.
   El 19 de abril de 1696, se dio cumplimiento mediante recibo, al pago de 89 reales de vellón, al maestro carpintero Bartolomé García Jaramillo, por reparación del monumento, con colocación de cuatro cerraduras con cerrojos y armillas, etc.
   El monumento era un túmulo o altar que se montaba en las iglesias el Jueves Santo, y se colocaba en  su  interior y dentro  de  una  arquita, la  segunda hostia que se consagraba en la misa de aquel día,
Pág. 196 del libro "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia".
para reservarla hasta los Oficios del Viernes Santo, en que se consumía. Actualmente se mantiene esta celebración.
   El ya citado don Jaime de Palafox y Cardona, arzobispo de Sevilla y miembro del Consejo de Su Majestad, en la visita pastoral realizada a Burguillos, en 1701, en el acta que se hizo de la misma, dejó anotada -entre otras- la siguiente providencia:

          Item. Mandó su md. Se haga en esta Iglesia, un archivo en el lugar más oportuno que pareciere al mayordomo y cura de la dicha Iglesia, y se le ponga cerradura con dos llaves, que han de tener cada uno de los susodichos, y en él se pongan todas las escrituras y papeles conducentes, a la conservación de las posesiones y tributos de esta fábrica, y juntamente todos los libros antiguos de sus cuentas, y los antiguos de bautismos y velaciones, lo cual se ejecutará dentro de dos meses, pena de diez ducados, en que desde ahora para caso de omisión en dicho término, condena su merced al mayordomo y cura por mitad.

   Suponemos que el mandato se cumpliría, y solo sabemos que hasta nuestros días, ha llegado un archivo solo medianamente organizado y necesitado de atención, dentro -en parte- de un viejo armario de madera.
   Don Francisco Navarro Ruiz, en el tiempo en que ejerció de cura párroco de Burguillos, hay que decir, que entre otras muchas cosas meritorias que realizó, tomó la decisión firme de organizar con todo rigor el citado archivo, facilitando para ello un excelente armario metálico, archivadores y todo cuanto fue necesario; y con la modesta colaboración del que esto escribe, se dio feliz remate al empeño, y cumplimiento por lo tanto, al mandato del enérgico arzobispo Palafox, aunque con una demora de casi tres siglos. Suponemos que no se nos impedirá, la sanción de diez ducados por haber sobrepasado el plazo de dos meses, dado tan perentoriamente en 1701.
   En 1705, la fábrica de la iglesia de Burguillos, arrienda a Antonio Peraza, de Alcalá del Río, una huerta de su propiedad llamada "la Sestilla, que contiene una fuente, una alberca cuyas aguas se mantienen y un olivo gordal".
   El Concejo de Justicia y Regimiento de Burguillos, recibió un escrito de fecha 19 de marzo de 1705. En él se incluye una orden de Su Majestad, a través del presidente de Castilla, en que se ordena la recluta de gente (leva) para incorporar al cuerpo de españoles que sirven en la frontera con Portugal. Se dispone que se escoja uno de cada cinco, por vía de sorteo, y se pide la presencia y asistencia del cura.
   Don José Bernardo de Quirós y Torices, señor de Burguillos, era dueño y poseedor titular de mayorazgo que fundó don Juan Bernardo de Quirós, y también del señorío que había sido, discernido bajo el reinado de Felipe IV, en la persona del capitán don Alonso Pérez Romero. Residía en Sevilla: en 1699, en la collación de San Martín; en 1701, en la de San Bartolomé; y en 1708, en la de San Nicolás. Era administrador dentro de su jurisdicción, de los bienes patrimoniales del estado, y también poseía bienes propios.
Pág. 197 del libro "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia".
Pág. 198 del libro "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia".
   El molino de pan que existió en Burguillos en siglos pasados, formaba parte de los bienes realengos y vamos a conocer seguidamente, parte del contenido de una curiosa escritura de arrendamiento, que se otorga ante el notario público y escribano del Cabildo, don Francisco de Urdapilleta y Elola; dice así:

          José Bernardo de Quirós, arrienda a Juan de Villalba, vecino de Burguillos, un molino de pan, sito en el Estanquillo, en el arroyo que pasa junto a la fuente vieja, que está corriente y moliente, por tiempo de cuatro años, desde primero de octubre de mil setecientos siete, a último de septiembre de mil setecientos once, en precio cada año de trescientos reales de vellón, seis gallinas, y asimismo, ha de moler todo el trigo necesario que se gaste en el cortijo que tengo en el término de esta Villa; con declaración de que desde el primero de octubre de cada año, hasta el veinticuatro de junio del siguiente, ha de hacer la dicha molienda.
          Pagará las seis gallinas el día de Pascua de Navidad de cada año. También pagará cien reales el treinta y uno de enero, cien el último de febrero y cien a final de marzo, de cada uno de los cuatro años.
          Asimismo, le arriendo una casa que tengo en la calle Real, a la entrada, viniendo de Alcalá, que linda con solar de la fábrica de la parroquia, y por otra con casas mías que tengo arrendadas. El arriendo es por cuatro años, en ciento diez reales de vellón, a pagar a fin de abril de cada año.
          Los gastos de piedras, herramientas y todos los reparos menores, que se ofrecieren en el molino, son de cuenta del arrendatario.

   Una vez más la utilización de gallinas como valores de pago.
   Vamos a seguir invocando otras escrituras, que nos brinden noticias curiosas de aquellas remotas centurias. Las tres siguientes tienen como personaje central al titular del señorío y vamos a deducir de las mismas, el lugar del pueblo en que tenía su residencia.

          José Bernardo de Quirós, vende a Domingo Rodríguez, vecino de Burguillos, una casa sita en la plaza, que había comprado a Benito Ortiz, vecino de Sevilla. Linda por arriba, con las casas principales del mayorazgo y señorío de la Villa, y por la de abajo, con solar de dicho mayorazgo, que al presente lo posee él mismo.- Las casas tienen corral, trascorral y pozo.- Fecha 12 de enero de 1707.- Notario Francisco de Urdapilleta y Elola.- Arch. de Protocolos.- Sevilla

          Sea notorio a todos, como yo, don José Bernardo de Quirós, dueño y señor de la Villa de Burguillos, vecino de la ciudad de Sevilla, en la collación de San Nicolás [...] Arriendo a Marcos Ortega, una huerta llamada de Arriba, que linda con tierras del contador Domingo Mendívil, y por otra con tierras del cortijo que llaman del Castaño, propiedad del mayorazgo del marqués de la Mina. Precio seiscientos reales de vellón, cada año, a razón de cincuenta reales cada mes.- Fecha 28 de septiembre de 1708.- Notario y archivo igual.

   En otra escritura que autoriza en Burguillos, el mismo notario, sin fecha legible por el estado del papel, aunque sin duda de la primera década del siglo XVIII, se habla de "unas casas que están en la plaza de la Villa, que lindan con las casas del palacio del señor de esta Villa, y por la otra parte, con solar de casas del mayorazgo de dicho señorío" [...].
Pág. 199 del libro "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia".
   Las escrituras que anteceden, nos permite conocer, las distintas residencias que el señor de la Villa, tuvo en Sevilla, así como también la posible ubicación de su casa palacio en Burguillos, que era sin duda, en la plaza del pueblo, y ha de ser, en toda la fachada que al presente ocupa el Ayuntamiento, donde además de su vivienda y las oficinas, también tendría instalado el Oratorio que le autorizó el Papa Clemente XI, y al que ya nos hemos referido. Este conjunto señorial, sería sin duda, unas viviendas amplias y distinguidas.
   En un libro de defunciones del archivo parroquial, se anota la siguiente partida:

          En la Villa de Burguillos, en catorce días del mes de enero de mil setecientos cincuenta y ocho, se enterró en la iglesia parroquial de ella, a un hombre al parecer de edad de más de sesenta años, que parece, dicen se llamaba Juan Sánchez, natural de Urique (sic), que estaba siendo ermitaño en la ermita de San Sebastián de esta Villa, tenía un pie sin dedos; solamente recibió la extremaunción, por haberle dado un accidente, y no estar capaz de otros Sacramentos, y para que así conste, puse esta partida y la firmé, fecha ut supra.- Cura Juan José Montesdeoca.- Pág. 29.

   Por cierto, que un año después, concretamente el 28 de octubre de 1759, se enterró este cura y beneficiado. Solo recibió la Extremaunción, por no permitir su estado otra cosa. Por expreso deseo suyo, recibió sepultura en el altar de Nuestra Señora de Belén. Testó y dejó heredera a su madre. Eran oriundos de Alcalá del Río. Fueron sus albaceas Pedro García y su hermano Luis. Su madre murió el 12 de enero de 1760.
Pág. 200 del libro "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia".
   En un libro de defunciones y con fecha 16 de julio de 1759, consta la partida de una mujer muerta en el cortijo de La Gallinera, con lo que demuestra la existencia de un cortijo con este nombre.
   Sabemos por una escritura del archivo de protocolos de Sevilla, de fecha 29 de mayo de 1751, que las hermanas doña María y doña Antonia Bernardo de Quirós, hijas y herederas de don Fernando, de este noble apellido y con vínculos familiares con el titular del señorío de la Villa, eran religiosas del convento de Santa María de las Dueñas de Sevilla, en cuya fecha venden una casa, sita en la calle Real de Burguillos, a don Manuel Borges y Toledo, vecino de Sevilla.
   También sabemos por una escritura del archivo catedral, que dicho convento, cobraba anualmente a don Francisco de Agüera, por un censo, sobre tierras del término de Burguillos, la cantidad de 450 reales de vellón, y que pagaba por ello, como gravamen, 33 reales.- Asimismo, poseían otros bienes no especificados.
   El Monasterio de San Isidoro del Campo, del término de Santiponce, en 1763, poseía en el término de Burguillos, unos colmenares.- Archivo Catedral.
   El 4 de junio de 1773, el cardenal arzobispo de Sevilla, don Francisco de Solís Folch de Cardona, (1755-1775) hace saber que anulaba en la mayor parte de las iglesias de su diócesis, la impunidad que ofrecían, a quiénes para evitar la acción de la justicia, se acogían a sagrado en su interior. En Sevilla, solo quedan con esa facultad, la iglesia catedral y la parroquia de San (ta) Ana, en Triana.
   Mala decisión para los amigos de lo ajeno, y en Sevilla, -como sabemos- estaban sobradamente representados los más variados miembros de su famosa picaresca, atiborrada de ternes y truhanes, tan bien descritos por nuestros escritores del siglo de oro.
   Con fecha 20 de agosto de 1777, el maestro de alarife, Antonio González, de Sevilla, informa a don Francisco Javier Curado Caro, cura párroco y mayordomo de fábrica de la iglesia de Burguillos, sobre el importe de obras de casas y fincas de dicha fábrica, en 2.050 reales de vellón. Son una casa en la calle de Fuente y cuatro en la calle Real.
   El 18 de abril de 1778, y coincidiendo con la construcción de la nave de la Epístola, el cura párroco citado anteriormente, informa al señor provisor del arzobispado, que a consecuencia de intensos temporales padecidos, han quedado completamente arruinadas, una de las casas propiedad de la fábrica de la iglesia, y también la sacristía, y solicita recursos económicos para llevar a cabo su reconstrucción.
   El 11 de noviembre de 1768, Juan M. Navarro, mayordomo de la hermandad de Nuestra Señora del Rosario, arrienda a Andrés Martín, de sobrenombre El Fresco, natural de Villaverde, 30 cabras de vientre, a 3 reales cada una y año.- Ante escribano público y testigos.
   El 26 de abril de 1778, fue colocada en la torre de la iglesia una veleta, en sustitución de otra que se había quebrado. La fabricó y colocó el maestro herrero Lorenzo Gutiérrez. También puso una cerradura en la puerta del Carnero.
Pág. 201 del libro "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia".
   Las autoridades tributarias eclesiásticas, en escrito de fecha 5 de noviembre de 1857, acusan al cura párroco de Burguillos, don Juan León Nogales, de estar incurso en el delito de defraudación, al excluir de la relación de fincas de su administración, un cercado anexo a la casa parroquial que tenía arrendado.
   El citado cura en su descargo, y en escrito de fecha 11 de noviembre de 1857, dirigido al señor provisor y vicario capitular del arzobispado, expone que arrendó dicho cercado, por la necesidad que tenía al tener que afrontar los gastos de obras, y pide que pueda conservar este derecho, para que sirva de ayuda a los párrocos, que "por lo miserable de este pueblo, no han podido permanecer en él por mucho tiempo".- Archivo arzobispal.
   Hay que reconocer en este cura, una buena dosis de valentía, para atreverse a decirle por escrito a sus superiores jerárquicos del arzobispado lo que queda consignado.
   No sabemos la providencia que se adoptaría. Pudo suceder que encontraran aceptable sus razones y la propuesta que hacía. De todas formas, sí puedo asegurar que no se procedió a su traslado inmediato, pues el día 8 de abril de 1866, me lo encuentro todavía en Burguillos, y bautizando a Vicenta Fernández Sarmiento, mi abuela paterna.
   Pero aún nos lo volvemos a encontrar el 27 de marzo de 1869, con motivo de un escrito que dirige al juez eclesiástico del arzobispado, denunciando un robo en la iglesia de Burguillos, con la desaparición de los siguientes objetos:

          - Un par de zarcillos de plata, y la corona, también de plata, de Nuestra Señora Santa Lucía.
          - La media luna de madera, forrada de plata, de Nuestra Señora del Rosario.
          - Una corona de plaqué, de la misma Señora.
          - Una corona de plata de su niño.
          - Unos zapatitos de plata del mismo.
          - Un copón de plata pequeño.
          - Una cajita pequeña de plata.
          - Un viril de plata, o sea, la redondela donde se coloca la forma.
          - Una crismera, que se ignora si es, o no de plata.

   No sabemos si el autor o autores de este robo, fue o fueron detenidos y los objetos rescatados.
   Me he referido alguna vez, a la precariedad de la vida en los tiempos de nuestros remotos antepasados. Las personas vivían menos años y se morían con pasmosa facilidad. Las causas estaban en que no existían remedios que detuvieran el desarrollo de ninguna enfermedad, por leve que fuera. Todo  estaba  supeditado al rechazo que hiciera  nuestras  propias  defensas. Si éstas fallaban, la caída
Pág. 202 del libro "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia".
era vertical. La cirugía, como la entendemos hoy, era inexistente. Ni técnica, ni anestésicos ni nada; y si a esto se le suma, las frecuentes epidemias de cólera y de peste, tendremos con ello, el cuadro completo de lo que representó la vida en aquellas lejanas sociedades.
   Esto justifica la frecuencia con que en los matrimonios jóvenes, moría uno de los cónyuges, y el que quedaba volvía a casarse en segundas, terceras etc., nupcias.
   Yo consideraba un buen récord, el de mi antepasada directa, en línea paterna, Antonio Guillena Millán, que se casó en Burguillos cinco veces, el primero de los cuales en 1726.
   Pero veamos lo que nos dice un testamento del archivo de protocolos de Sevilla:

          En el nombre de Dios todopoderoso, y de la Reina de los Ángeles María Santísima Nuestra, Señora concebida sin mancha de pecado original.
          Sépase por esta carta de testamento, cómo yo José Segura, vecino de la Villa de Burguillos, séptimo marido de María de la Trinidad, mi legítima mujer, a quien Dios Nuestro Señor, fue servido de llevar de esta presente vida a la eterna, el día 26 de octubre de 1744, y habiéndome dado su poder para testar, que paso ante el presente notario público don Benito Daza Farfán [...].

   Esta señora, con siete matrimonios, sin duda, -y por ahora- se lleva la palma en cuanto al número alcanzado; celebrados por los sucesivos fallecimientos de sus cónyuges. Esto hay que puntualizarlo, para diferenciarlo de casos actuales, en que estrellas de cine conocidas, han alcanzado un elevado número de matrimonios civiles, en que los maridos van perdiendo turno, y siguen vivos.

lunes, 16 de marzo de 2020

Bibliografía: Capítulo XL "El Convento del Sancti Spíritus del Monte" del libro "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia" de Francisco Rodríguez Hernández, de 1999.

   Mostramos en Historia de Burguillos el capítulo XL del libro "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia", de Francisco Rodríguez Hernández, editado por el Ayuntamiento de Burguillos y la colaboración de la Diputación de Sevilla en 1999, y que trata sobre El Convento del Sancti Spíritus del Monte, ocupando las páginas 181 a 192 de dicha monografía y que pasamos a transcribir íntegramente:
Pág. 181 del libro "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia".
El Convento del Sancti Spíritus del Monte
   No todos los jóvenes actuales, nacidos y con residencia en la Villa de Burguillos, tendrán conocimiento, de que en dicho término, estuvo ubicado en tiempos ya lejanos, un convento de frailes. Algunos se lo habrán oído referir a sus mayores; pero de lo que no hay duda, es de que sobrepasan cierta edad, tienen que recordar unas ruinas mínimas, pues el que esto escribe, sí llegó a ver de niño, un fragmento de lienzo de pared a punto de caerse, como único vestigio, del antiguo y ya olvidado edificio conventual. Estaba ubicado en la dehesa de Las Arenas, en las faldas de Sierra Morena. Hoy ya no queda nada, solo un velo de misterio que cubre y oculta, la sin duda interesante historia de unos religiosos, que durante casi cuatro siglos estuvieron presentes en esta Villa, tomando parte de su diario quehacer.
   Picado de curiosidad, emprendí gestiones en Sevilla, en requerimiento de información, con resultado infructuoso. Los conventos visitados, en demanda de datos, carecían de noticias, por lo que extendí mi investigación a otros archivos, en los cuales encontré algunas escrituras, que me van a permitir pergeñar una breve semblanza histórica del citado convento, con la que intentar hacer más visible aún, su difuminada silueta.
   Las reformas de monjas y frailes, que se empezaron a desarrollar en Castilla, en el último tercio del siglo XIV, tuvo un notable auge en Andalucía, con un gran número de fundaciones de conventos, que las distintas provincias religiosas que se formaron, llevaron a cabo.
   Por referirnos principalmente a nuestro entorno, diremos que el venerable padre Fray Juan de la Puebla, primero del hábito de San Jerónimo y después de San Francisco, fue fundador de la santa provincia de los Ángeles, que recibieron la custodia de los conventos fundados en el siglo XIV, y que anteriormente estuvieron bajo la obediencia de los vicarios provinciales de la provincia de Castilla; por ejemplo: el antiguo convento de San Francisco del Monte, del término de Villaverde del Río. Al llegar a este punto debo aclarar que este convento, que con frecuencia se nombra en escrituras de archivo, es distinto del de Burguillos, que a veces se invoca de igual modo. La construcción del de Villaverde se inició en 1350. También fue erigida una ermita bajo esta advocación; todo en virtud de bula de papa Benedicto XIII. También dió su consentimiento y licencia, el arzobispo de Sevilla, don Alonso de Exea. Su construcción se completó en 1433, con nueva licencia del entonces arzobispo hispalense don Diego de Anaya. En principio llamose convento de San Francisco de Villaverde, y es tradición  que  en él  estuvo  San Diego preparándose "para la conversión de los idólatras gentiles de 
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Canarias". (Fray Andrés de Guadalupe, Historia de la Santa Provincia de los Ángeles, Capítulo VIII, Madrid, 1662).
   Dependiente de esta santa provincia, existieron otros conventos en distintos lugares de esta zona, como el del Loreto, que en principio llamose del Oreto, la Algaba, Constantina, Cantillana, etc. Pero el Sancti Spíritus de Burguillos, no fue construido ni pertenecía a esta santa provincia de los Ángeles.
   Sabemos, que una parte de los conventos franciscanos, se opusieron tenazmente a la reforma, cuya realización se encomendó en 1496, a Fray Francisco Jiménez de Cisneros. Incluso la propia jerarquía contribuía a la desunión, constituida por conventuales y observantes.
   El convento de Burguillos, fue construido en la etapa que va de 1474 a 1525, pertenecía al Orden Tercero de San Francisco, y fueron los primeros religiosos que tuvieron a su cargo, el cuidado de la ermita de Santa María de las Cuevas de Sevilla, sobre la que edificó el arzobispo Gonzalo de Mena, el famoso Monasterio del mismo nombre.
   La provincia religiosa que había llevado a cabo la construcción de nuestro convento, y de la que dependía, era hasta ahora un misterio, que no quedaba desentrañado con ninguna de las gestiones evacuadas en los distintos conventos franciscanos a los que recurrí. Pero el hallazgo en el archivo de protocolos de Sevilla, de una escritura de fecha 24 de mayo de 1752, y autorizada por el notario de Burguillos, don Benito Daza Farfán, nos da la respuesta buscada con tanto empeño. En dicho documento, el padre ministro Fray Miguel de San Francisco y demás religiosos del convento, hacen saber:

          [...] a todos les consta la ruina del claustro principal, que hundido, amenaza la ruina del coro, y se halla la Comunidad, sin medios para su reparo. Se propone que 40 ovejas, que tiene la comunidad en Cantillana, dadas a renta, y aranzada y media de olivar de Brenes, y otro solar poco útil, se vendiese y con sus productos, se remediara lo más preciso [...].

   La propuesta que se hace, y la solicitud de autorización, va dirigida a quién era provincial de la orden, a tenor de lo siguiente:

          Fray Antonio de la Peña Narváez, lector jubilado, examinador synodal del arzobispo de Granada, ministro provincial y siervo de los religiosos del sagrado orden tercero de penitencia de regular observancia de nuestro seráfico padre San Francisco en esta santa provincia del arcángel San Miguel de Andalucía y reino de Granada [...].

   Dicho padre provincial, responde a la petición y se dirige:

          Al padre Fray Miguel de San Francisco, ministro de nuestro convento de Sancti Spíritus del Monte [...] dando autorización para que se ejecute lo solicitado.

   Y termina:

          Lo aprobamos como si fuésemos presentes, y en ello interponemos toda nuestra autoridad. Dadas  en  este  nuestro  Colegio  de  Santa  María  de  Jesús  de Antequera, en cinco días del mes de
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marzo de mil setecientos y cincuenta y dos años.- Fray Antonio de la Peña Narváez, ministro provincial.- Por mandado de su paternidad muy reverenda, Fray Francisco Navajas, secretario.- Recogida al folio ciento setenta y tres.- Sancti Spíritus.
   
   Este escrito despeja toda duda al quedar el convento de Burguillos, claramente afecto a la santa provincia del arcángel San Miguel, cuyo padre provincial, reside en la citada fecha en Antequera.
   Pero nuevos documentos del archivo de protocolos de Sevilla, nos van a demostrar que la sede provincial cambió de residencia, pues dejando Antequera, se afincó en el convento de San Antonio Abad de Granada, como vamos a comprobar seguidamente, recogiendo en extracto lo esencial de un extenso escrito. El convento de Burguillos había solicitado autorización el 22 de febrero de 1764, para dar tributo a Juan Bela, vecino de la Villa, una casa que dicho convento tiene en la misma, en la calle Real. Hay también un escrito con el aprecio de la misma.

          [...] por estar muy mal tratada y no hallarse arrendador, y la Comunidad no poderla reparar, y asimismo, dar a tributo a don Manuel de Jesús, vecino de Villaverde, una haza de tierra de seis fanegas, en el término de dicha Villa, linde con el de Cantillana, y tierras de Santa Ana, por no hallarse arrendador y estar dichas tierras casi perdidas; a que todos unánimes, respondieron que sí, supuesta la licencia de vuestra paternidad muy reverenda, a quién suplicamos la conceda, para alivio de esta pobre Comunidad, la que agradecida pide a Dios, le dilate a vuestra paternidad muy reverenda, la vida por muchos años.- Fray Juan Ventura Villarejo, ministro.- Fray Pedro Simón Caballero.- Fray Miguel del Castillo.- Fray Juan García.- Fray Pedro Sánchez.

   El citado escrito va dirigido a:

          Fray Andrés de Herrera, padre general del número, examinador synodal del arzobispado de Granada, calificador del Santo Oficio y de la Suprema y General Inquisición, padre inmediato, comisario visitador y siervo de los religiosos de esta Santa Provincial del arcángel San Miguel, de ambas Andalucía, del sagrado orden tercero de penitencia y regular observancia de N.S.P. San Francisco.

   La solicitud es atendida y así se hace saber en escrito dirigido "al padre ministro de nuestro convento de Sancti Spíritus y demás religiosos de él, salud y paz en N. Sr Jesu Christo" [...] en que autoriza el arriendo de la casas y el dar a tributo la haza que se cita: y termina:

          Dadas en este nuestro convento de San Antonio Abad de Granada, en trece días del mes de marzo de mil setecientos sesenta y cuatro.- Fray Andrés Herrero, comisario visitador.- Por mandado de su paternidad muy reverenda Fray Rafael Rodrigo, secretario.

   Por un escrito de 1777, sabemos que aún se mantenían en la misma sede en dicha fecha. Actualmente el citado convento de San Antonio Abad de Granada, está ocupado por una comunidad de monjas, con quienes hablé en demanda de información, y solo saben, que los anteriores religiosos, a quienes llamaban los Antoninos, salieron de la ciudad, durante la guerra civil española, y no saben nada más.
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   La vida del convento de Sancti Spíritus del Monte, discurrió a través de los siglos, conociendo los lógicos altibajos que afectan de forma inexorable, a toda comunidad humana. Tenían como Virgen patrona y titular a Nuestra Señora del Valle. En numerosas ocasiones, sus frailes ejercieron de curas párrocos interinos, cubriendo vacantes ocasionales, en la iglesia de San Cristóbal mártir, y asimismo, atendían con frecuencia memorias de misas. También se lee en muchos testamentos, el deseo del testador de ser enterrado con el hábito de San Francisco.
   El convento se sostenía con los ingresos que le producían, los diversos oficios religiosos en que intervenían. También llegaron a poseer saneadas rentas, y además sus frailes eran requeridos con frecuencia como acompañantes en los enterramientos. Recibían limosnas y tributos fijos y aunque conocieron momentos de estrechez económica, en tan largo tiempo de existencia, también disfrutaron en muchas ocasiones de largos periodos de esplendor, gracias a su no escaso patrimonio, como tendremos ocasión de comprobar, en la relación de propiedades que figuran en un escrito del archivo catedral, de fecha 26 de enero de 1763, y que vamos a mostrar seguidamente:

   En Burguillos
          - Lindera con el propio convento, poseían una huerta y tierras (Intra Claustra).
          - Una pieza de tierra con ocho aranzadas y tres cuartas; a saber:
          - La una de puebla de hortalizas, con algunos árboles frutales, y las siete y tres cuartas restantes, para pan sembrar, de primera, en que hay también varios árboles, y todo sirve para el consumo de la comunidad, y no se le considera utilidad alguna.
          - Una casa en la Real, arrendada anualmente en ochenta y ocho reales de vellón.
          - Tres solares: Uno está en la calle Real, otro en la calle Borbollón y otro en la calle de la Fuente, que nada producen.
          -  Como gravamen sobre estas fincas, se pagan diecisiete reales y medio de vellón cada año.
          - Por otra parte cobra un censo cuyos réditos importan diez reales de vellón anuales.

   En Villaverde del Río
          - Una casa en la calle de la Granada, que renta cuarenta y cuatro reales.
          - Tres fanegas de tierra de sembradura de segunda, al sitio del Membrillejo.

   En Castilblanco de los Arroyos
          - Una casa en la calle de la Tahona, arrendada en sesenta y seis reales anuales.
          - El vecino Francisco Gervasio, les paga un censo de treinta y nueve reales anuales.

   En Brenes
          - Una pieza de tierra, al sitio de las Berdejas, con aranzada y media de olivar, de segunda calidad.
          - Por renta anual de un censo, cobran diecinueve reales de vellón.
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   En Guillena
          - Una casa en la calle del Pino, cuyo arrendamiento al año es de ciento cincuenta y cuatro reales de vellón.
          - Una pieza de tierra de sembradura de secano, al sitio de la dehesa del Almendral, que comprende dieciséis fanegas de segunda calidad, y catorce fanegas de tercera, que en ocho años, produce una cosecha.
          - Otra pieza de tierra de sembradura de secano, al mismo sitio, en el cuarto de arriba, la que contiene dieciséis fanegas de segunda calidad.
          - Otra al sitio del cerro del Almendrillo, que comprende doce fanegas de tierra de primera calidad, que en dos años, produce una cosecha.
          - También hay otras cuatro fanegas de segunda calidad.
          - Como gravamen paga un tributo al año de ciento ocho reales de vellón, que queda en beneficio de la parroquia de la Villa.

   Almadén de la Plata
         - Posee una casa en la calle Abades, arrendada en treinta y tres reales de vellón al año.
          - Una pieza de tierra de sembradura de secano, al sitio de huerta de la Bejera, de tres cuarto de fanegas de primera calidad, que produce sin interrupción. En la suerte expresada se comprenden diferentes álamos y árboles frutales. Su utilidad está regulada en veinticinco reales de vellón al año.
          - Otra tierra de sembradura en Vozaros, al sitio de la Berlanga, extramuros del pueblo, con una fanega de tierra de primera calidad de esta especie, que en once años produce una cosecha.
          - Otra al sitio de Espaldilla, de igual cabida, calidad y producción que la anterior. Hay también aquí varios árboles frutales y su producto está considerado al año en veinticuatro reales y medio de vellón.
          - Otra pieza de tierra al sitio del olivar, de una cuarta de fanega, de única calidad, que produce heno ininterrumpidamente.

   Contrasta la existencia de este patrimonio, con la situación de extrema pobreza que se refleja en el escrito de 1752, del que queda hecha referencia, y donde se declara que "la Comunidad se halla sin medios". Y no cabe pensar que once años antes, no poseían nada, pues las propiedades que quedan relacionadas, no se forman en tan corto periodo de tiempo.
   Pero como quiera que sea, con el conocimiento que vamos tomando del citado convento, nos vamos aproximando cada vez más, a presentar con nitidez su perfil real, y así llegamos a los primeros años del siglo XIX, en que se sabe que su actividad iba declinando y que su fábrica estaba cada vez más ruinosa.
   Voy a presentar seguidamente un fragmento de una escritura de 1821, en que se declara con entera claridad, que en dicha fecha el convento estaba suprimido; es como sigue:

          Escritura de fianza a favor del Crédito Público, de la ciudad de Sevilla, que otorga don Manuel Aldana, vecino de Burguillos, en 9 de julio de 1821, a la administración de los bienes, del convento suprimido, del Orden Tercero de Sancti Spíritus del Monte, y otros. Son asimismo administradores, Antonio García y Antonio Ballestero.
Pág. 190 del libro "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia".
   Ya en 1825, Fray Francisco Varela, único religioso que queda al cuidado de todo, da poderes a procuradores, para que les representen en pleitos pendientes.
   Hemos establecido la fecha de su construcción, entre 1474 y 1525, y aunque sabemos -como hemos visto- que en 1821, ya no existía, yo me inclino, por razones que expondré, a que su extinción se produjo varios años antes.
   A raíz del advenimiento del trienio liberal -1820-1823-, se puso en vigor una política de exclaustraciones conventuales, que afectó a numerosas órdenes religiosas, y a las que incluso se les confiscó una parte o todo su patrimonio. Este no es el caso del convento de Burguillos, cuya extinción sitúo en una fecha anterior al trienio liberal y además no fue desposeído de todas sus propiedades, pues documentos posteriores que invocaré lo demuestran sin lugar a dudas.
   El 15 de septiembre de 1842, Elías Palomo, vecino de Burguillos, toma en arriendo por seis años, la huerta de Sancti Spíritus, y se dice que está cerca del extinguido convento.
   Como se ve, los frailes del mismo, aunque ya lo habían abandonado, no por eso se habían desprendido de sus propiedades, que seguían explotando directamente, a cuyo frente quedaba en Burguillos como administrador don Antonio Velasco, que actuaba en virtud de órdenes recibidas desde Sevilla, de su hermano el padre ministro, Fray Francisco José Velasco.
   Pero vamos a retroceder hasta 1833, fecha en que los frailes, como propietarios, se ven implicados en un largo pleito, del que solo voy a dar un breve resumen, dada su extensión.
   Resulta que el vecino de Burguillos, Antonio García, hijo del que entonces era alcalde, denuncia al convento por incumplimiento de acuerdo verbal con el padre ministro y ante testigos. Asegura que le había arrendado la cerca del convento en cien reales, y que después de haber realizado, todas las labores preliminares de la tierra, le fue notificada la prohibición de que sembrase.
   Ante la reclamación de Antonio García, se constituyó una comisión de hombres buenos, quienes visitaron a Antonio Velasco, con la recomendación de que respetara el acuerdo y se abstuviera de llevar a cabo la siembra por su cuenta, como pretendía. Este respondió que obraba siguiendo instrucciones, y que solo recibía órdenes de su hermano.
   Como a pesar de todo, Antonio Velasco, había comenzado la siembra, intervinieron las autoridades locales, en cuyo nombre, el Regidor Decano, le apercibió seriamente de la responsabilidad en que incurría. A todo ello respondía:

          [...] que él no tenía que obedecer ni mandato de regidor, alcalde, ni ninguna autoridad, y solo haría lo que le mandase el padre ministro de Sancti Spíritus, su hermano que está en Sevilla y le escribiría, y en tanto le contestaba, no dejaría de sembrar. Así respondió y no firmó, lo que certificamos.- José Rodríguez.- José Cuesta y Blas de Robles.- Este último era el notario de la Villa.
Pág. 191 del libro "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia".
Pág. 192 del libro "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia".
   Consta asimismo, la declaración de varios testigos, dando testimonio de veracidad a las razones del demandante.
   Fueron muchas las intervenciones por ambas partes, defendiendo cada uno su verdad. Pero para no alargar este trabajo de reconstrucción histórica, en el que intervino como miembro de la comisión de hombres buenos, mi tatarabuelo paterno José Rodríguez, que entonces contaba 30 años, y en la imposibilidad de recoger todas las diligencias, voy a abreviar consignando solo la resolución final, dirigida a las autoridades de la Villa, que habían intervenido, por la autoridad eclesiástica, única legal entonces para sus instituciones, en virtud del fuero propio que poseían:

          Juzgado de la Santa Iglesia del Arzobispado de Sevilla.
          Por el adjunto testimonio se instruirán VSS de la inhibición solicitada por el Padre Ministro del Convento de Sancti Spíritus del Monte, término de esa Villa, del conocimiento que han tomado, de la pretensión de Antonio García, contra el referido Convento, sobre arrendamiento de una suerte de tierra; y de lo expuesto por el Fiscal General de este Arzobispado, y proveído por mi en su virtud. En cuya vista espero, que penetrándose VSS del incontestable derecho que asiste al susodicho Convento, para ser demandado en su fuero, se inhibirán del conocimiento que han tomado de dicho negocio, mandando sobreseer en los autos, remitiendo los originales a esta Juzgado, y haciendo saber a la parte actora, deduzca en él, las acciones que le convengan, para la recta administración de Justicia;  sin dar lugar a competencias y guardando la buena armonía que felizmente reina y deseo conservar entre las Jurisdicciones que ejercemos.- Dios guarde a VSS, muchos años.- Sevilla 14 de diciembre de 1833.- Luiís Gonzaga Colom.- Sres. Justicias de la Villa de Burguillos.

   Hemos quedado en que la fecha exacta de la clausura del convento, no ha sido posible establecerla, y la de 1821 que lo considera extinguido, invita a suponer que entonces corrió la misma suerte que afectó a otros conventos durante el trienio liberal. Pero antes de inclinarnos por una fecha, hemos de conocer el contenido de una partida de defunción del archivo parroquial, que da un enfoque distinto a las dudas que tenemos planteadas; dice así:

   En sábado día 5 de octubre de 1811, se da sepultura eclesiástica, al cadáver de don José Mª Melgarejo y Pérez, presbítero, exreligioso del convento de Sancti Spíritus, y asignado a la Parroquia. Era natural de Fuenteovejuna. El entierro fue solemne, atendiendo a su gran mérito, para esta Parroquia, pues en parte, a su solicitud se agregaron a esta Iglesia, vestuario, muebles útiles, el Santísimo Cristo del Voto y Nuestra Señora del Valle, de que fue conductor.- Cura don Francisco Tirado.

   Esto nos lleva a considerar, -y termino- que si el señor López Melgarejo, intervino personalmente en el traslado, desde el convento a la iglesia de lo reseñado, es lógico admitir que debió hacerse antes de su muerte, acaecida como vemos en 1811, por lo que el momento de la clausura conventual, tendríamos que retrotraerlo lo conveniente, para que haya una concordancia en las fechas que manejamos, de conformidad con los datos contenidos en una documentación irrebatible.

lunes, 17 de febrero de 2020

Bibliografía: Capítulo XXXIX "Cuatro documentos del siglo XVIII" del libro "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia" de Francisco Rodríguez Hernández de 1999.

   Mostramos en Historia de Burguillos el capítulo XXXIX del libro "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia", de Francisco Rodríguez Hernández, editado por el Ayuntamiento de Burguillos y la colaboración de la Diputación de Sevilla en 1999, y que trata sobre Cuatro documentos del siglo XVIII, ocupando las páginas 173 a 180 de dicha monografía y que pasamos a transcribir íntegramente:
Pág. 173 del libro "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia".
Cuatro documentos del siglo XVIII
   Voy a dar a conocer seguidamente el contenido de cuatro escrituras, que como las demás de este libro, ven ahora la luz por primera vez y de las cuales, incluyo fotocopia de la primera hoja para curiosidad de los lectores, con un breve comentario mío que aclare en lo posible su significación.
   Su importancia radica principalmente, en la relevancia de las personas que las protagonizan, y también en la estrecha vinculación -una vez más- con la Villa de Burguillos, lo que aumenta su interés.
   Son de épocas distintas, aunque dentro del siglo XVIII, y nos servirán para establecer sólidos perfiles de personalidades que llenaron de contenido, el tiempo en que les tocó vivir.
   Hoy olvidadas, o desconocidas para las generaciones actuales, estas escrituras permanecen sepultadas en las profundidades del tiempo, hasta que una mano curiosa remueve los legajos, polvorientos y apolillados en que yacen, y salen del escondrijo para quedar expuestos a la curiosidad de los demás. Estos documentos los he encontrado en el archivo histórico de protocolos notariales de Sevilla; y paso sin más dilación a ocuparme de ellos.

   Documento nº 1
   Fecha: Burguillos 2 de marzo de 1724.
   Notario: Diego Daza de la Barrera y Peña.

   Se trata de un contrato de arrendamiento entre el señor de la Villa y un vecino de la misma, con el empleo de unos extraños elementos de pago, como pavos y gallinas etc. muy frecuentes entonces y hoy en desuso, como en otra ocasión se ha hecho saber.
   También hemos comentado que a este tipo de documento, le daban antes una extensión desmesurada, por lo machaconamente con que se insistía en los mismos conceptos, alargados aún más por la prolija perífrasis escribanil, así como a la relación de leyes a las que se renunciaba. Yo voy a considerar solo la primera hoja, pues hallo en ella lo esencial y la intención del documento, cuya transcripción -como casi siempre- la ofrezco descifrando abreviaturas y modernizando la ortografía; dice así:
          Valga para el Reinado de Su Majestad, Sr. Don Luis Primero.
          Sépase por esta carta, cómo yo, don José Bernardo de Quirós y Torises, Señor de esta Villa de Burguillos, y vecino de la ciudad de Sevilla, en la Parroquia del Señor San Bartolomé, y estante al presente en esta mi Villa, otorgo que arriendo, y doy en renta a vos Francisco Domínguez Salteras, vecino  de  dicha  mi Villa, una huerta con sus casas, que se llama la Celda de Casa Sagrada, propia 
Pág. 174 del libro "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia".
mía, que yo tengo en término de esta Villa, cercana al Convento de Sancti Spíritus del Monte, con agua de pié, y arboleda frutal, por tiempo y espacio de dos años, que comenzarán a correr y contarse desde el día primero de enero de este presente año de la fecha, y ha de acabar a fin de diciembre del que vendrá, de mil setecientos veinticinco, y en precio y cantidad de seis pavos grandes y doce gallinas que no digan pí ni clo, en cada uno de los dichos dos años, pagados por las vísperas de Pascua de Navidad, y asimismo, me habéis de dar además de lo dicho, cien granadas de cabeza de las mejores que haya en dicha huerta, y asimismo, todas las peras pardas y limones que tenga dicha huerta, y esto se entiende cada uno de los dichos dos años, y con cargo y obligación que ha de cavar y laborear todos los dichos árboles, y limpiar de todo lo que necesitaren, y no ha de poder cortar ninguno de ellos, aunque se haya secado, sin primero darme cuenta, para que yo sobre ello determine lo que fuere mi voluntad, y con condición, que ha de reparar los vallados y cerca de dicha huerta, no dejándolos descaecer. Y por lo que toca a las dichas casas, yo las he de reparar de todos los reparos mayores y menores de que necesitaren y en esta conformidad, le doy corrido la huerta, con sus casas y todo lo demás que le pertenece [...].
   No sabemos sin con estas extrañas condiciones, obtuvo el arrendatario algún beneficio por su trabajo.

   Documento nº 2
   Fecha: Burguillos 22 de diciembre de 1758.
   Notario: Alonso de León.

    Veremos en esta escritura, el nombre de las personas que ejercían los cargos municipales en dicha fecha. Recordemos que la facultad de estos nombramientos, era privativa del señor de la Villa.
   Consta también la extensión de poderes y la calidad de los representados; o sea: El Colegio de San Hermenegildo de la ciudad de Sevilla, de la Compañía de Jesús, y don Francisco de Esquivel Medina y Barba. He aquí la transcripción:
          Sepan cuantos esta carta vieren, como Nos, el Concejo Justicia y Regimiento de esta Villa de Burguillos, es a saber: nos, el licenciado don Rafael de Borges y Toledo, abogado de los Reales Consejos, alcalde mayor de dicha Villa, Martín Barrera, teniente de alcalde mayor, Juan Rodríguez Pelayo, alguacil mayor, Bartolomé Sanz, Francisco de los Santos, Manuel Galván, regidores, y Juan Muñoz, mayordomo de propios, por nos y en nombre de los demás capitulares, que en adelante fueren, por quién prestamos voz y caución de facto en forma, para que habrán por firme lo que en esta carta contenido, bajo de obligación expresa de los propios y rentas de este dicho Concejo; y yo Francisco Delgado, en nombre y como apoderado del Colegio de San Hermenegildo de la ciudad de Sevilla, y de don Francisco de Esquivel Medina y Barba, como poseedores ambos: dicho Colegio del cortijo que llaman de San Agustín, sito en término de esta Villa, y dicho don Francisco de Esquivel, del mayorazgo que fundó Jorge de Medina, el viejo, veinticuatro que fue de dicha ciudad, y en nombre  de  los demás  poseedores  que  serán o fueren  del  dicho  mayorazgo a que  pertenecen  los 
Pág. 175 del libro "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia".
Pág. 176 del libro "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia".
cortijos que hoy llaman de Esquivel, como consta de los poderes, que obtengo, cuyo tenor es como sigue:
          Al margen: Poder.- Doy fe que ante mi y testigos, en nueve de julio del año pasado de mil setecientos cincuenta y tres, don Francisco de Esquivel Medina y Barba, vecino de esta ciudad de Sevilla, otorgó el poder cumplido, bastante en derecho, a don Juan de Toledo, su mayordomo, y a Francisco Delgado, su apoderado, vecino de la Villa de Burguillos, y a cada uno insolidum general para la administración de sus bienes, rentas, percepción y cobranzas de ella, y otros efectos y con la misma generalidad para en todos los pleitos causas y negocios que tenía y tuviese, civiles y criminales, con cualesquier personas, sobre cualquiera razón y para seguirlos, fenecer y acabar, para todas instancias y sentencias, hasta la definitiva y ejecución de ella, parecer en juicio, y hacer los autos necesarios con general administración, facultad de enjuiciar, jurar, apelar, suplicar, y sostener con relevación y obligación, en forma [...].
   Creo que con esto, añadimos un nuevo trazo al perfil histórico de unas instituciones y de unas personalidades que representaban el sector dominante de una sociedad fuertemente clasista.
          
   Documento nº 3
   Fecha: Sevilla 18 de julio de 1775.
   Notario: Blas de la Vega y Contreras.

   Presentamos aquí, al que era en esta fecha, titular del señorío de Burguillos, dando poder para la administración de rentas.
   Su condición de teniente general, le obligaba a frecuentes ausencias, teniendo que delegar en sus administradores, el cuidado de sus competencias. Dice así el documento de referencia:
          Doy fe, yo, el infrascrito, escribano público del número de esta ciudad, y mayor de Guerra en ella, que ante mi y testigos, en veinte días del mes de abril del año pasado de mil setecientos setenta y cuatro, el Excelentísimo Señor don Melchor Bernardo de Quirós, Caballero de la Orden de Calatrava, Comendador de Ballesteros de la misma Orden, Teniente General de los Reales Ejércitos, y Señor de la Villa de Burguillos, residente entonces en esta ciudad, digo: Que por cuanto le correspondía y era heredero del Mayorazgo de dicha Villa de Burguillos, otorgó poder cumplido en derecho bastante a don José Francisco Suero, vecino y del comercio de esta ciudad, para que pudiese administrar y administrara, todas las rentas pertenecientes al expresado Mayorazgo, así en esta ciudad, como en la referida Villa de Burguillos, percibiendo [...].
   Lo esencial está recogido en lo transcrito, en que queda reflejada la importancia del personaje, y su vínculo con la Villa de cuyo señorío es titular, sin que se precise añadir nada más.
Pág. 177 del libro "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia".
Pág. 178 del libro "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia".
   Documento nº 4
   Fecha: Madrid 2 de septiembre de 1783.
   Notario: Ramón Antonio Aguado.
  
   Escritura que otorga el señor de Burguillos, dando poder para que le representen como albacea testamentario, de su fallecida hermana; dice así:
          Yo, donde Joaquín Bernardo de Quirós, Canónigo de la Santa Iglesia Patriarcal de la ciudad de Sevilla, Señor de las Villas de Burguillos, Villabrágima y Valverde de Campo, Vizconde de Miralcázar, Marqués de Monreal, residente al presente en esta Corte, digo: Que en el testamento bajo de que ha fallecido, la Señora doña María Bernardo de Quirós, mi hermana, me ha nombrado por su albacea testamentario, y a mi sobrino don Juan Félix Clarebout, Insolidum, sobre que con acuerdo de este, tengo dadas varas disposiciones, y como para salvaguardas con la puntualidad y solidez que apetezco y ordenó dicha testadora [...].
   El poder se otorga a favor de don Antonio Agustín Méndez, vecino y del comercio de la ciudad de Sevilla.
   Hay que destacar -y con esto termino- la acumulación de títulos nobiliarios y dignidades que van recayendo, en los sucesivos miembros de la familia Bernardo de Quirós, y cómo al señorío de Burguillos, se han sumado dos más de la provincia de Valladolid.
Pág. 179 del libro "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia".
Pág. 180 del libro "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia".