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Historia, Patrimonio, Arte, Bibliografía, Hemeroteca, ... sobre nuestro pueblo: BURGUILLOS

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lunes, 24 de agosto de 2026

Actualidad-Bibliografía: Los lugares de enterramiento en Burguillos a lo largo de la Historia

     Mostramos en Historia de Burguillos los lugares de enterramiento en Burguillos a lo largo de la historia, aprovechando la actualidad de nuestra parroquia, para así tener un mejor conocimiento de todo lo que acontece, y para eso aprovechamos el capítulo VIII del libro "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia", de Francisco Rodríguez Hernández, editado por el Ayuntamiento de Burguillos y la colaboración de la Diputación de Sevilla en 1999, y que trata sobre Enterramientos, ocupando las páginas 37 a la 40 de dicha monografía y cuyo enlace es el siguiente: 


     En ese capítulo "Enterramientos", se hace un recorrido por todos es enclaves que aquí pasamos a enumerar y mostrar para un mejor conocimiento de todos:
    1º.- (hacia 1400-1783). Desde la fundación y creación de nuestro pueblo y con ello de la Iglesia parroquial, allá por el año 1400 aproximadamente, en la que ésta ocuparía la casi totalidad de la nave principal de la Iglesia, hasta el año 1783, en la que se le añade la nave lateral, la Nave de la Epístola, o como la conocemos en Burguillos, como la Nave de la Virgen, es el lugar donde tienen lugar los enterramientos de los burguilleros de ese periodo.



     2º.- (1783-1801). Una vez construida la Nave de la Virgen, ésta también pasa a ser el lugar de enterramiento de los burguilleros, por lo que hemos de suponer que por el escaso espacio temporal (18 años) no ha de estar muy colmatada.


     3º.- (1801-1847). Por una Real Cédula de Carlos III, de 1787, para crear cementerios fuera de las iglesias, que en Burguillos se empezó a utilizar como tal el espacio que se encuentra tras la iglesia (espacio ocupado actualmente por el depósito del agua, con lo que lamentablemente se ha perdido casi por completo cualquier posibilidad de estudio de dicho enclave), y comenzó a cumplirse con María de los Santos, viuda de Hilario Ulla, el día 29 de marzo de 1801. Este cementerio se mantuvo durante 46 años.


     4º.- (1847-1967). Al colmatarse el espacio anterior, se plantea uno nuevo en la zona que baja desde el "cementerio" anterior hasta enclave marcado por el inicio de la calle Cervantes, esquina a calle La Fuente, donde se construyó el cementerio parroquial, en el cual, el primero en recibir sepultura, fue Florencio Castaño, de 40 años, natural de Burguillos, el día 19 de junio de 1847. Este lugar de enterramiento, se mantuvo durante 120 años.


     5º.- (1967-...). Finalmente tenemos el enclave actual, Cementerio Municipal, que desde el 9 de noviembre de 2011, se rotulaba como "Cementerio Municipal Nuestra Señora del Rosario Coronada", tras la aprobación en el pleno municipal del 24 de octubre de 2011. El cementerio actual es de construcción relativamente reciente, y se halla ubicado en el extrarradio de la Villa, al final del Paseo del Paseo del Resucitado (en el camino del Coto), y su primer enterramiento se produjo el 16 de mayo de 1967, en que fue inhumado, el vecino Enrique Jiménez Acuña.


   Sería de desear, que el cementerio actual fuera el definitivo, pues cumple sin duda, la disposición real en su parte esencial, de estar "fuera de las poblaciones y en sitios ventilados". Que así sea.

lunes, 30 de diciembre de 2024

Bibliografía: Burguillos en el libro "Catálogo de la Sección 16ª. Diversos. Tomo I (1280-1515)", de Antonio Collantes de Terán Sánchez, editado por la Universidad de Sevilla, y el Ayuntamiento de Sevilla, en 1977

     Mostramos en Historia de Burguillos las reseñas que se hacen de nuestro pueblo en el libro "Catálogo de la Sección 16ª. Diversos. Tomo I (1280-1515)", de Antonio Collantes de Terán Sánchez, editado por la Universidad de Sevilla, y el Ayuntamiento de Sevilla, en 1977, cuyo ejemplar podemos consultar en el Archivo Histórico Provincial, de Sevilla.


     Para entender la importancia de este libro, transcribimos literalmente la Introducción:




     Desde la ordenación de los fondos del Archivo Municipal sevillano a mediados del siglo XIX, que realizó Velázquez y Sánchez, se pretendió la desaparición de un gran número de legajos que no fueron vistos o no se consideraron útiles (aparecieron con tejuelos con las indicaciones de «Inútiles», «Para quemar»). Por fortuna, dicho destino no se cumplió y los legajos fueron registrados por archiveros y eruditos posteriores: Entre ellos se encontraban dos series importantes, las Actas Capitulares del siglo XV y comienzos del XVI, y los Papeles de Mayordomazgo. El resto de  los fondos se empezó a ordenar a comienzos de este siglo, siguiéndose en ello un doble criterio. Los documentos procedentes de la Cancillería regia o Audiencias fueron organizados según sus formas diplomáticas, de acuerdo con el sistema de ordenación de la Sección Primera o de Privilegios, formándose con ellos un Apéndice a esta sección. Con los restantes se inició una nueva que se denominó de «Varios Antiguos», la cual comprendía documentos de los siglos XV al XIX, organizados por materias, existiendo un índice manuscrito incompleto, por las lagunas con que ha llegado a la actualidad y por no especificar, dentro de cada materia, ni fechas ni contenidos concretos.
     Los criterios de catalogación no fueron de lo más acertado, respondiendo en ocasiones a las corrientes historiográficas en boga. Valga como ejemplo el que algunos padrones de cuantías de parroquias sevillanas estuviesen catalogados bajo la rúbrica de Autógrafos por estar firmados por diversos regidores del concejo. Asimismo, documentos pertenecientes a otras series se habían incluido en dicha colección, concretamente fragmentos de Actas Capitulares y de los Papeles del Mayordomazgo, por lo que fue necesario sacarlos para incorporarlos a sus lugares respectivos.
     Con todos estos cambios dicha sección de «Varios Antiguos» quedaba prácticamente inservible lo que, unido a la existencia de una importante colección de legajos sin catalogar, nos llevó a plantearnos la necesidad de proceder a una ordenación definitiva de todos los fondos dispersos y no incluidos en ninguna de las sec­ciones inventariadas de forma completa.
     Así nace esta Sección 16.ª del Archivo Municipal de Sevilla, que comprende unos 300 legajos y carpetas, que encierran una documentación miscelánea, de temática muy diversa y sin unidad interna, que, como indicamos, pretende incluir todos aquellos fondos que no se pueden insertar en las Secciones ya constituidas, tanto por razones de contenido, como por razones fácticas de estar catalogadas y con índices impresos. En resumen, en esta Sección 16.ª se incluyen tanto todos los fondos no inventariados hasta el momento, como aquellos que lo están de forma incompleta, es decir, el Apéndice de la Sección l.ª, Varios Antiguos, Antiguos y documentos de familias sevillanas. Sin embargo, para obviar las dificultades derivadas de este cambio, los catálogos incluirán una tabla de correspondencia entre las nuevas signaturas y aquellas que los insertos en dichas colecciones tuvieron.
     En cuanto al criterio de clasificación a adoptar en esta Sección 16.ª, pensamos inicialmente emplear el método analítico, pero ello hubiera supuesto congelar todo este fondo documental durante un largo período de tiempo hasta su total catalogación, con el consiguiente perjuicio para los investigadores. Por ello, optamos por el cronológico que nos permitiría ir poniéndolo a disposición de dichos investigadores a medida que se fuese avanzando en la catalogación, incluyendo en cada caso los respectivos índices de materias, personas y lugares, para facilitar su consulta.
     Este primer volumen de la Sección abarca la documentación comprendida entre los años 1280 y 1515, con una temática muy amplia en la que los estudiosos pueden encontrar fuentes para el estudio de los numerosos campos de la actuación concejil y el conocimiento de los distintos niveles del pasado sevillano y de su área de influencia. Así, desde una óptica demográfica una impor­tante colección de padrones fiscales y militares, tanto de la ciudad como de su Tierra, que ya han servido de base para varios estudios de dicha naturaleza. Dentro del campo económico cabe reseñar documentos relativos al abastecimiento de la ciudad, salarios y precios, organización de las actividades de producción (ordenanzas gremiales y pregones), rentas de la ciudad, etc. Para una historia social, aparte de los padrones, destacan las relaciones de francos de distintas instituciones, relaciones de bienes de veci­nos, testamentos, documentos sobre extranjeros, asistencia hospitalaria, etc. Las obligaciones militares que pesaban sobre el concejo sevillano quedan reflejadas en noticias sobre castillos, repartimientos de hombres y abastecimientos para el ejército, alardes, etc. También pleitos sobre jurisdicciones, usurpaciones de términos, etc.
     Este inventario se completa con los ya citados índices de materias, personas y lugares, y la tabla de equivalencias de signaturas antiguas y nuevas.

     La primera referencia a Burguillos la encontramos en la página 34, en el documento nº 219, que pasamos a transcribir literalmente:


219. Idem de Burguillos. 1438. [Hace referencia a un Padrón de cuantías de los vecinos y moradores].

     La siguiente referencia a nuestro pueblo la encontramos en la páginas 64, en el documento nº 480, que pasamos a transcribir literalmente:


480. Idem de Burguillos. 1485. [Hace referencia a un Padrón de cuantías de los vecinos y moradores].

     Otra referencia a nuestro pueblo la encontramos en la páginas 70, en el documento nº 582, que pasamos a transcribir literalmente:


582. Idem de Burguillos. 1489. [Hace referencia a un Padrón de cuantías de los vecinos].

     La siguiente referencia a Burguillos la podemos encontrar en la página 74, en el documento nº 641, que pasamos literalmente:


641. Idem de Burguillos. 1493. [Hace referencia a un Padrón de cuantías de los vecinos y moradores].

     Una referencia más a Burguillos la podemos encontrar en la página 106, en el documento nº 914, que pasamos literalmente:


914. Escrito del conde de Plasencia, Pedro de Estúñiga, justicia mayor del rey, señor de Gibraleón, al concejo de Sevilla, en relación con los altercados habidos entre los vecinos de Fregenal de la Sierra y los de su villa de Burguillos
Valladolid, 5 de diciembre, s.a.- Siglo XV.

     Y finalmente, la última referencia a Burguillos la podemos encontrar en la página 128, en el documento nº 1.116, que pasamos literalmente:


1116. Carta de poder del concejo de Burguillos a Alonso Sánchez, aperador, para que tome, en su nombre, el encabezamiento de las alcabalas de dicho lugar.- 21 de marzo de 1514. 2 fols.

     Unos documentos que aportan más datos interesantísimos para conocer la historia de nuestro pueblo.

lunes, 25 de noviembre de 2024

Bibliografía: Burguillos en el libro "Catálogo de Documentos contenidos en los libros de Cabildo del Concejo de Sevilla", de Mª Josefa Sanz Fuentes y Mª Isabel Simó Rodríguez, editado por la Universidad de Sevilla, en 1975

     Mostramos en Historia de Burguillos las reseñas que se hacen de nuestro pueblo en el libro "Catálogo de Documentos contenidos en los libros de Cabildo del Concejo de Sevilla", de Mª Josefa Sanz Fuentes y Mª Isabel Simó Rodríguez, editado por la Universidad de Sevilla, en 1975, cuyo ejemplar podemos consultar en el Archivo Histórico Provincial, de Sevilla.


     Para entender la importancia de este libro, transcribimos literalmente la Presentación:



     Desde hace algún tiempo la cátedra de Paleografía y Diplomática de la Universidad Hispalense trabaja en un tema de indudable interés: la COLECCIÓN DIPLOMÁTICA DEL CONCEJO DE SEVILLA. Ni es éste el lugar ni tampoco ésta la ocasión de poner de relieve la importancia de este trabajo.
     Al hilo del mismo hemos acopiado un catálogo de documentos que fueron incluidos, cosidos, en los libros de actas de capitulares del Ayuntamiento sevillano, sin perjuicio de que, en su día, puedan ser incorporados a la colección diplomática del Concejo de Sevilla.
     Un doble interés presentan los documentos aquí reseñados: su valor en orden a la historia del municipio hispalense y a la historia de la "tierra de Sevilla" y su significación diplomática.
     Sin duda los documentos incluidos en el presente catálogo han de aportar nuevas luces a distintos puntos relativos al municipio: cargos concejiles (nombramientos, elecciones, compra de cargos), a tributos, censos y padrones, a urbanismo (collaciones, calle, obras), a gremios y comerciantes (en especial judíos, cuya ubicación se señala). Interesantes aspectos de la "tierra de Sevilla" pueden estudiarse en los documentos que noticiamos: municipios dependientes del de Sevilla y su gobierno, castillos y fortalezas concejiles, rutas comerciales y problemas en torno (genoveses, flamencos, berberiscos, corsarios), protagonismo del río en la vida sevillana, jurisdicción territorial y problemas planteados sobre ella con Órdenes Militares y señoríos, cuestiones fronterizas con Portugal y con la "banda morisca", relación con el rey de Granada.
     Desde el punto de vista diplomático, los documentos reales son en su mayoría copias simples; muy abundantes son los documentos concejiles originales y los documentos señoriales, así como la documentación menor: súplicas de personas individuales o gremiales. La sigilografía concejil de la Baja Andalucía ofrece un grato exponente en los documentos de este catálogo.
     Los documentos originales los señalamos con A; las copias, tanto autorizadas como simples, las consignamos con B, seguida de su correspondiente calificación diplomática y los documentos citados en el contexto de las actas capitulares como presentados y cuyo contenido se extrae de la cita, con C.
     El Catálogo lo hemos dividido en tres apartados: el primero, del número 1 al 1.023, contiene aquellos documentos que llevan fecha explícita de su expedición; el segundo, del número 1.024 al 2.355, lo forman los que no presentan fecha consignada, pero consta la fecha de su presentación en Cabildo, y el tercero, del número 2.356 al 2.398, abarca los documentos sin fecha de expedición ni de presentación, y que hemos dividido en reales y particulares.
     En prensa ya este trabajo, hemos sido informadas de que se ha efectuado una reorganización parcial en el Archivo del Ayuntamiento de Sevilla, que ha afectado a la signatura de algunos -pocos- de los documentos aquí catalogados. Las posibles dificultades que pudieran surgir para la consulta de tales documentos podrán ser subsanadas cotejando las signaturas que damos, con la nueva que haya sido atribuida en la actual reorganización del Archivo.
María Josefa SANZ FUENTES
María Isabel SIMÓ RODRÍGUEZ

     La primera referencia a Burguillos la encontramos en la página 71, en el documento nº 401, que pasamos a transcribir literalmente:



401
1453, febrero, 8. Burguillos.
     El concejo de Burguillos se queja de que no tienen dehesa para sus ganados, pues les ha sido entrada la suya al acrecentar la de Mudapelo, que es de Santa María la Mayor, y porque también está cercada por las de Villaverde y Cantillana. Piden remedio.
A. - A.C., 1453, Ene-Mar., fol. 54. Firmado. Sello de placa.

     La siguiente referencia a Burguillos la encontramos en las páginas 165-166, en el documento nº 1.028, que pasamos a transcribir literalmente:



1.028
1435, enero, 28.
     Juan Ruiz de Porras, escribano del rey, solicita del concejo de Sevilla licencia para hacer un bodegón entre Alcalá del Río y Castilblanco, en el camino que dicen de la Plata, en término de Burguillos, pidiendo además le concedan las libertades que tienen los otros bodegones que hay en término de Sevilla.
A. - A.C., 1435, s. m., fol. 38.

     Otra referencia a nuestro pueblo la encontramos en la páginas 173, en el documento nº 1.079, que pasamos a transcribir literalmente:


1.079
1437, marzo, 1.
     Gonzalo Vellorino, Juan Martínez Duque y Juan García de Cal de Castilla, vecinos de los lugares de Burguillos y Alcalá del Río, se quejan al concejo de Sevilla de que en el pedido de este año se les hayan solicitado 9.515 maravedís, cuando nunca se les pidió más de 5.000. Alegan que si se mantienen, estos lugares, que ya se están despoblando, terminarán por hacerlo totalmente.
A. - A.C., 1437, Mar., fol. 15. Muy deteriorado.

     La siguiente referencia a Burguillos la podemos encontrar en la página 306, en el documento nº 2.010, que pasamos literalmente:


2.010
1470, julio, 16.
     El concejo de Alcalá del Río solicita del de Sevilla que no permita a Jorge de Medina prender a los pastores y ganaderos del lugar que van a las tierras concejiles y realengas de Burguillos, pues lo tienen por merced desde hace mucho tiempo.
A. - A.C., 1470, May,-Ago., fol. 58.

     Una referencia más a Burguillos la podemos encontrar en la página 312, en el documento nº 2.053, que pasamos literalmente:


2.053
1471, mayo, 15.
     El concejo de Alcalá del Río pide al de Sevilla justicia contra Jorge de Medina, veinticuatro de la ciudad, que impide que los ganaderos de Alcalá del Río vayan a pastar y beber a Burguillos.
A. - A.C., 1471, May,-Jun., fol. 15. Firmado.

     Y finalmente, la última referencia a Burguillos la podemos encontrar en la página 357, en el documento nº 2.373, que pasamos literalmente:


2.373
s.a., s.m., s.d.
     Antón de Esquivel informa al concejo de Sevilla diciendo que fue a Burguillos para averiguar ciertos procesos y que no encontró ningún auto de procesamiento.
A. - A.C., siglo XV (sin fecha), fol. 52.

     Unos documentos que aporta más datos interesantísimos para conocer la historia de nuestro pueblo.

lunes, 29 de julio de 2024

Bibliografía: Burguillos en el libro "Catálogo de los Papeles del Mayordomazgo del siglo XV. Tomo VII 1489-1504", de Deborah Kirschberg Schenck, y coordinado por Marcos Fernández Gómez, editado por el Archivo Municipal de Sevilla, en 2014

     Mostramos en Historia de Burguillos las reseñas que se hacen de nuestro pueblo en el libro "Catálogo de los Papeles del Mayordomazgo del siglo XV. Tomo VII 1489-1504", de Deborah Kirschberg Schenck, y coordinado por Marcos Fernández Gómez, editado por el Archivo Municipal de Sevilla, en 2014, uno de cuyos ejemplares podemos leer en el Archivo Municipal de Sevilla.


     Dicho libro es un recorrido por los fondos emanados de la actuación del mayordomo del cabildo hispalense, cuyas funciones definen y especifican las ordenanzas de Sevilla desde los tiempos de Alfonso XI. Los mayordomos eran dos, uno hijodalgo y otro ciudadano. El mayordomo hijodalgo, aunque ello  no pueda deducirse del contexto de las ordenanzas, parece un oficial puramente honorífico, ya que en ellas sólo se le atribuye como misión específica la de "requerir los castillos", es decir, cuidar de que se hallasen con la debida eficacia defensiva. La verdadera función administrativa correspondía, aunque no podemos afirmar que exclusivamente, al mayordomo ciudadano, designado conjuntamente con el hijodalgo anualmente por el Cabildo, aunque en ocasiones se prorrogase por dos o más años su gestión, entando en función el 1º de julio para terminar el 30 de junio del año siguiente. Por sus manos pasaba todo lo referente a la gestión de los bienes del Concejo en una doble vertiente: cobratoria y libratoria; es decir, la percepción de las rentas de sus propios y su inversión en las atenciones a que estaban afectos y a los gastos de todo orden que de la actuación municipal se originaban. Para la debida ejecución del primero de los aspectos de su función, la percepción de las rentas, el mayordomo debía tener a su disposición, aparte de documentales tales como su propia designación por el Cabildo y la confirmación de ésta por el Rey, en su caso, la fianza o fiadores exigidos por sus Ordenanzas para el desempeño del oficio, las condiciones con que el Cabildo acordaba anualmente el arrendamiento de las rentas de sus propios y la relación del remate de cada una de ellas por los arrendadores, las diligencias por el incumplimiento de aquellas condiciones por éstos con la sentencia recaída en cada caso y, en fin, la relación especificada de lo que rindieron las diferentes rentas. El estudio comparativo de estas relaciones anuales es de sumo interés, como es obvio, para trazar la curva de los ingresos del Concejo de Sevilla en casi los dos siglos que comprende la documentación conservada.


     En cuanto a la otra vertiente de la gestión del mayordomo, es decir, la libratoria, abarcaba una extraordinaria variedad de pagos para las múltiples atenciones que tenía a su cargo el Cabildo, unas de carácter fijo y anual, como la nómina de sus oficiales y otros cargos del mismo: alcaides de sus fortalezas, oficiales y obreros municipales con remuneración fija; pagos aleatorios o circunstanciales, como las obras públicas en la Ciudad o en su Tierra; gastos de carácter militar, como el reparo y abastecimiento de los castillos del sistema defensivo de su alfoz y la recluta y abastecimiento de las milicias del Concejo; gastos de carácter civil, como los referentes a las obras públicas, el sostenimiento de la traída de aguas para el abasto de la ciudad y el descarte de las residuales, previsión y reparación de daños catastróficos, especialmente los de las frecuentes avenidas, abastecimiento de pan de la Ciudad en épocas de carestía, reparos de los caminos y puentes y mantenimiento de un equipo de "troteros" para sostener un servicio eficaz de correos oficiales; el pago de profesionales de todo orden, escribanos, procuradores, médicos, cirujanos, maestros de primeras letras, artífices, ministriles, que cumplían las diferentes misiones que, regular y esporádicamente, les confiaba Sevilla. Esta enumeración, que está muy lejos de ser exhaustiva, pone bien de manifiesto el conjunto de datos que esta inapreciable colección de los Papeles del Mayordomazgo proporciona para penetrar en la historia interna de nuestra Ciudad en uno de los periodos más trascendentales y todavía más inexplorados de ella, porque el mayordomo acompaña siempre, como justificante de los pagos que realiza, la copia del libramiento del Cabildo en que le ordena realizarlo, en el que figura una razonada y detallada motivación del gasto, que con frecuencia se obtienen pormenores interesantes. Y como el mayordomo, normalmente, y con arreglo a las Ordenanzas, era elegido por un año y tenía que dar cuenta de su gestión al final de este plazo, esto lo hacía mediante la presentación a los contadores del Cabildo del "Libro del Mayordomazgo", en el que se relacionaban y justificaban documentalmente los ingresos y pagos del año, libros de los que se conservan los correspondientes a casi dos siglos, desde el último tercio del siglo XIV hasta mediados del XVI, a partir de cuya fecha se innova el sistema de la rendición de cuentas del mayordomo.
     Pues bien, en este caso, las primeras referencias a Burguillos, las encontramos en los documentos nº 8083 y 8084, en la página 118, que pasamos a transcribir literalmente:


8083
1495, enero, 4. [Sevilla]
     Mandamiento del Cabildo a los Concejos de La Rinconada, Salteras, Guillena, Burguillos y Coria del Río ordenándoles repartir 9.500 mrs. más para la contribución a la Hermandad, ya que el Concejo de Alcalá del Río se quejó de que se le había atribuido una cantidad demasiado alta en el repartimiento, sobre todo comparándola con las asignadas a sus Concejos, por lo que Lope de Ágreda, veinticuatro, y el licenciado Romero, jurado, decidieron que de los 40.500 mrs. que se impusieron a Alcalá del Río, se le quitaran 9.500 mrs. que ahora deberán pagar ellos, quedando sus aportaciones en las cantidades que aquí se les señalan.
     Obs.: El doc. presenta el mismo contenido que el nº 8084.
     Sec. XV, Pap. May. 1495, caja 80, nº 29, fols. 86r.-87r. (r. 693, fots. 165r.-166v.)

8084
Obs.: El doc. presenta el mismo contenido que el nº 8083, pero con un resumen distinto.
     Sec. XV, Pap. May. 1495, caja 80, nº 30, fols. 88r.-89r. (r. 693, fots. 167r.-168v.).

     La siguiente y última referencia a nuestro pueblo la encontramos en el documento nº 8718, en la página 260, que pasamos a transcribir literalmente:


8718
1501, septiembre, 10. [Sevilla]
     Libramiento del Cabildo a Nicolás Martínez de Durango, mayordomo, para que pague al Concejo de La Algaba 2.676 mrs., que corresponden a la cuarta parte de los 10.705 mrs. a los que Sevilla y sus villas de Alcalá del Río, Burguillos y Guillena fueron condenados en el pleito que mantuvieron con La Algaba por cuestiones de términos ante el presidente y oidores de la Audiencia y Chancillería de Ciudad Real. El resto lo deberán pagar los Concejos citados para lo que tendrán que repartir la cantidad entre sus vecinos.
     Sec. XV, Pap. May. 1501, caja 87, nº 56, fol. 121r. (r. 759, fot. 171r.).

     Una serie de documentos que aporta más datos interesantísimos para conocer la historia de nuestro pueblo.

lunes, 1 de julio de 2024

Bibliografía: Burguillos en el libro "Catálogo de los Papeles del Mayordomazgo del siglo XV. Tomo VI 1475-1488", de Deborah Kirschberg Schenck, y coordinado por Marcos Fernández Gómez, editado por el Archivo Municipal de Sevilla, en 2013

     Mostramos en Historia de Burguillos las reseñas que se hacen de nuestro pueblo en el libro "Catálogo de los Papeles del Mayordomazgo del siglo XV. Tomo VI 1475-1488", de Deborah Kirschberg Schenck, y coordinado por Marcos Fernández Gómez, editado por el Archivo Municipal de Sevilla, en 2013, uno de cuyos ejemplares podemos leer en el Archivo Municipal de Sevilla.


     Dicho libro es un recorrido por los fondos emanados de la actuación del mayordomo del cabildo hispalense, cuyas funciones definen y especifican las ordenanzas de Sevilla desde los tiempos de Alfonso XI. Los mayordomos eran dos, uno hijodalgo y otro ciudadano. El mayordomo hijodalgo, aunque ello  no pueda deducirse del contexto de las ordenanzas, parece un oficial puramente honorífico, ya que en ellas sólo se le atribuye como misión específica la de "requerir los castillos", es decir, cuidar de que se hallasen con la debida eficacia defensiva. La verdadera función administrativa correspondía, aunque no podemos afirmar que exclusivamente, al mayordomo ciudadano, designado conjuntamente con el hijodalgo anualmente por el Cabildo, aunque en ocasiones se prorrogase por dos o más años su gestión, entando en función el 1º de julio para terminar el 30 de junio del año siguiente. Por sus manos pasaba todo lo referente a la gestión de los bienes del Concejo en una doble vertiente: cobratoria y libratoria; es decir, la percepción de las rentas de sus propios y su inversión en las atenciones a que estaban afectos y a los gastos de todo orden que de la actuación municipal se originaban. Para la debida ejecución del primero de los aspectos de su función, la percepción de las rentas, el mayordomo debía tener a su disposición, aparte de documentales tales como su propia designación por el Cabildo y la confirmación de ésta por el Rey, en su caso, la fianza o fiadores exigidos por sus Ordenanzas para el desempeño del oficio, las condiciones con que el Cabildo acordaba anualmente el arrendamiento de las rentas de sus propios y la relación del remate de cada una de ellas por los arrendadores, las diligencias por el incumplimiento de aquellas condiciones por éstos con la sentencia recaída en cada caso y, en fin, la relación especificada de lo que rindieron las diferentes rentas. El estudio comparativo de estas relaciones anuales es de sumo interés, como es obvio, para trazar la curva de los ingresos del Concejo de Sevilla en casi los dos siglos que comprende la documentación conservada.


     En cuanto a la otra vertiente de la gestión del mayordomo, es decir, la libratoria, abarcaba una extraordinaria variedad de pagos para las múltiples atenciones que tenía a su cargo el Cabildo, unas de carácter fijo y anual, como la nómina de sus oficiales y otros cargos del mismo: alcaides de sus fortalezas, oficiales y obreros municipales con remuneración fija; pagos aleatorios o circunstanciales, como las obras públicas en la Ciudad o en su Tierra; gastos de carácter militar, como el reparo y abastecimiento de los castillos del sistema defensivo de su alfoz y la recluta y abastecimiento de las milicias del Concejo; gastos de carácter civil, como los referentes a las obras públicas, el sostenimiento de la traída de aguas para el abasto de la ciudad y el descarte de las residuales, previsión y reparación de daños catastróficos, especialmente los de las frecuentes avenidas, abastecimiento de pan de la Ciudad en épocas de carestía, reparos de los caminos y puentes y mantenimiento de un equipo de "troteros" para sostener un servicio eficaz de correos oficiales; el pago de profesionales de todo orden, escribanos, procuradores, médicos, cirujanos, maestros de primeras letras, artífices, ministriles, que cumplían las diferentes misiones que, regular y esporádicamente, les confiaba Sevilla. Esta enumeración, que está muy lejos de ser exhaustiva, pone bien de manifiesto el conjunto de datos que esta inapreciable colección de los Papeles del Mayordomazgo proporciona para penetrar en la historia interna de nuestra Ciudad en uno de los periodos más trascendentales y todavía más inexplorados de ella, porque el mayordomo acompaña siempre, como justificante de los pagos que realiza, la copia del libramiento del Cabildo en que le ordena realizarlo, en el que figura una razonada y detallada motivación del gasto, que con frecuencia se obtienen pormenores interesantes. Y como el mayordomo, normalmente, y con arreglo a las Ordenanzas, era elegido por un año y tenía que dar cuenta de su gestión al final de este plazo, esto lo hacía mediante la presentación a los contadores del Cabildo del "Libro del Mayordomazgo", en el que se relacionaban y justificaban documentalmente los ingresos y pagos del año, libros de los que se conservan los correspondientes a casi dos siglos, desde el último tercio del siglo XIV hasta mediados del XVI, a partir de cuya fecha se innova el sistema de la rendición de cuentas del mayordomo.
     Pues bien, en este caso, la primera referencia a Burguillos, la encontramos en el documento nº 6116, en las páginas 219 y 220, que pasamos a transcribir literalmente:


6116
[1483, septiembre. Sevilla]
     Cuenta del dinero que deben aportar los vecinos de los Concejos del Aljarafe que se indican al préstamo de un millón de mrs. que el Cabildo ordenó recaudar para pagar la contribución a la Hermandad, correspondiendo a Espartina del Campo, 22.000 mrs., a Huévar, 15.000 mrs., a Sanlúcar la Mayor, 30.000 mrs., a Hinojos, 22.000 mrs., a Aznalcázar, 25.000 mrs., a Escacena, 22.000 mrs., a Coria del Río, 8.000 mrs., a Castilleja del Campo, 7.000 mrs., a Pilas, 2.000 mrs., a Valencina del Alcor, 1.000 mrs., a Salteras 3.000 mrs., a La Puebla del Río, 6.000 mrs., a Manzanilla, 8.500 mrs., a Aznalcóllar, 1.000 mrs., a Gerena, 6.000 mrs., a Palomares, 1.500 mrs., a Alcalá del Río, 10.000 mrs., a Guillena, 3.000 mrs., a La Rinconada, 6.000 mrs., y a Burguillos, 1.000 mrs. Se señala lo que cada vecino escogido de estos lugares debe aportar.
     Ac.: Notificación de Alfonso García de Laredo, lugarteniente del escribano mayor del Cabildo, y de los lugartenientes de los contadores mayores, a los alcaldes de Coria informándoles que el mayordomo de Sevilla deberá librarles el dinero prestado de las imposiciones y que ellos deberán pagárselo a las personas contenidas en la cuenta adjunta (1483, octubre, 15).
     Obs.: La fecha se deduce de docs. similares. En el ángulo superior derecho se indica su pertenencia a 1483-1484. Entre los folios de este doc. se encuentra la cuenta de los Concejos de la Sierra de Constantina. La notificación aparece al final de la cuenta del Concejo de Coria.
     Sec. XV, Pap. May. 1483-1484, caja 73, nº 262, fols. 342r.-345v., 353r.-364v. (r. 506, fots. 473r.-477r., 485r.-497r.)

     La siguiente referencia a nuestro pueblo, la encontramos en el documentos nº 7211, en las páginas 463 y 464, que pasamos a transcribir literalmente:

7211
1479, abril, 7. [Sevilla]
     Mandamiento del Cabildo a los Concejos de Alcalá de Guadaíra, Villanueva del Camino y Burguillos ordenándoles repartir entre sus vecinos y moradores lo que a cada uno de ellos ha correspondido aportar a los 9.100 mrs. que se necesitan para hacer llevar el trigo y la cebada a Aroche y a Cumbres Mayores para el mantenimiento de los caballeros ahí estacionados durante tres meses.
     Obs.: El doc. está en mal estado de conservación, utilizándose el resumen para determinar su contenido.
     Sec. XV, Pap. May. 1479-1480, caja 68, nº 42, fol. 86r.-v. (r. 503, fots. 582r.-583r.) 

     Una siguiente referencia a Burguillos, se encuentra en el documento nº 7212, en la página 464, que pasamos a transcribir literalmente:
7212
1479, abril, 13. [Sevilla]
     Mandamiento del Cabildo a los Concejos de Alcalá de Guadaíra, Villanueva del Camino y Burguillos ordenándoles repartir el dinero que aquí se les indica y entregarlo en Sevilla a Tomás Sánchez de Jaén, mayordomo, al que le corresponde por haberlo adelantado a los hombres que llevaron pan a Aroche y Cumbres Mayores para los soldados que durante tres meses estarán estacionados en la frontera portuguesa.
     Obs.: El doc., en mal estado de conservación.
     Sec. XV, Pap. May. 1478-1479, caja 67, nº 56, fol. 112r.-v. (r. 503, fots. 162v.-163r.)

     Otra referencia a Burguillos, se encuentra en el documento nº 7350, en las páginas 494 y 495, que pasamos a transcribir literalmente:


7350
1484, mayo, 14. [Sevilla]
Mandamiento del Cabildo a los Concejos de Castilblanco, Almadén, Real, Cala y de Santa Olalla ordenándoles repartir los caballeros y peones que les ha tocado aportar entre los 400 caballeros y 4.000 peones que por orden real deberán estar en Castro del Río el 2 de junio, proporcionándoles mantenimientos para 20 días y las armas que los reyes demandan.
     Para que todo ello se haga lo más rápidamente posible les envía a Andrés de Medina, jurado, que se ocupará de hacer los repartimientos y de que los soldados salgan a tiempo.
     Ac.: Anotación indicando que este mandamiento se envió también a Utrera con Antón Bernal, jurado.
     Ac.: Anotación indicando que este mandamiento se envió también a Alcalá de Guadaíra y a Lebrija con Rodrigo de Porras, jurado.
     Ac.: Anotación indicando que este mandamiento se envió también a Cazalla de la Sierra, Alanís, El Pedroso y San Nicolás con Juan de Higuera, jurado.
     Ac.: Anotación indicando que este mandamiento se envió también a Aroche y Cortegana con Diego García, jurado.
     Ac.: Anotación indicando que este mandamiento se envió también a Villanueva del Camino, Constantina y a La Puebla de los Infantes con Alfonso Ruiz de Porras, jurado.
     Ac.: Anotación indicando que este mandamiento se envió también a La Rinconada, Alcalá del Río, Guillena, Burguillos, Gerena y Aznalcóllar con Cristóbal Segura, jurado.
     Ac.: Anotación indicando que este mandamiento se envió también a Manzanilla, Escacena del Campo y Paterna del Campo con Gonzalo Cerezo, jurado.
     Ac.: Anotación indicando que este mandamiento se envió también a Coria del Río, La Puebla del Río, Aznalcázar, Sanlúcar la Mayor, Salteras y a las Mitaciones con Pedro de Casas, jurado.
     Ac.: Anotación indicando que este mandamiento se envió también a Pilas, Huévar, Castilleja del Campo y a Hinojos, con Juan de [...], jurado.
     Ac.: Anotación indicando que este mandamiento se envió también a Castillo de las Guardas, Zufre y Aracena con Alfonso Fernández de Córdoba, jurado.
     Ac.: Anotación indicando que este mandamiento se envió también a Fregenal de la Sierra, El Bodonal y La Higuerra con Rodrigo Alfaro, jurado.
     Ac.: Anotación indicando que este mandamiento se envió también a Cumbres Mayores, con Cumbres de Enmedio, a Cumbres de San Bartolomé, Hinojales y a Encinasola con Francisco Ruiz del Alcázar, jurado.
     Sec. XV, Pap. May. 1482-1483, caja 72, nº 33, fols. 143r.-144v. (r. 505, fots. 696v.-698r.)

     Y la última referencia a Burguillos la encontramos en el documento nº 7367, en la página 499, que pasamos a transcribir literalmente:

7367
1484, agosto, 12. [Sevilla]
     Mandamiento del Cabildo a los Concejos de La Rinconada, Alcalá del Río y Burguillos ordenándoles repartir los caballeros, peones, animales de carga y mantenimientos que les ha tocado aportar al repartimiento ordenado por los reyes de 300 caballeros y 3.000 peones, animales de carga y abastecimientos para las talas del reino de Granada. Deberán llevar consigo talegas para 12 días y su sueldo les será pagado por los Reyes Católicos. Se les envía a Juan Bernal, jurado, para que todo se haga lo antes posible y para que estén listos a finales de agosto.
     Ac.: Anotaciones indicando a los Concejos a los que se envió este mandamiento y señalando a los jurados que los llevaron.
     Sec. XV, Pap. May. 1484-1485, caja 74, nº 256, fols. 372r.-373v. (r. 507, fots. 238r.-240r.)

     Una serie de documentos que aporta más datos interesantísimos para conocer la historia de nuestro pueblo.

lunes, 20 de mayo de 2024

Bibliografía: Burguillos en el libro "Catálogo de los Papeles del Mayordomazgo del siglo XV. Tomo V 1455-1474", de Deborah Kirschberg Schenck, y coordinado por Marcos Fernández Gómez, editado por el Archivo Municipal de Sevilla, en 2012

     Mostramos en Historia de Burguillos la reseña que se hacen de nuestro pueblo en el libro "Catálogo de los Papeles del Mayordomazgo del siglo XV. Tomo V 1455-1474", de Deborah Kirschberg Schenck, y coordinado por Marcos Fernández Gómez, editado por el Archivo Municipal de Sevilla, en 2012, uno de cuyos ejemplares podemos leer en el Archivo Municipal de Sevilla.

     Dicho libro es un recorrido por los fondos emanados de la actuación del mayordomo del cabildo hispalense, cuyas funciones definen y especifican las ordenanzas de Sevilla desde los tiempos de Alfonso XI. Los mayordomos eran dos, uno hijodalgo y otro ciudadano. El mayordomo hijodalgo, aunque ello  no pueda deducirse del contexto de las ordenanzas, parece un oficial puramente honorífico, ya que en ellas sólo se le atribuye como misión específica la de "requerir los castillos", es decir, cuidar de que se hallasen con la debida eficacia defensiva. La verdadera función administrativa correspondía, aunque no podemos afirmar que exclusivamente, al mayordomo ciudadano, designado conjuntamente con el hijodalgo anualmente por el Cabildo, aunque en ocasiones se prorrogase por dos o más años su gestión, entando en función el 1º de julio para terminar el 30 de junio del año siguiente. Por sus manos pasaba todo lo referente a la gestión de los bienes del Concejo en una doble vertiente: cobratoria y libratoria; es decir, la percepción de las rentas de sus propios y su inversión en las atenciones a que estaban afectos y a los gastos de todo orden que de la actuación municipal se originaban. Para la debida ejecución del primero de los aspectos de su función, la percepción de las rentas, el mayordomo debía tener a su disposición, aparte de documentales tales como su propia designación por el Cabildo y la confirmación de ésta por el Rey, en su caso, la fianza o fiadores exigidos por sus Ordenanzas para el desempeño del oficio, las condiciones con que el Cabildo acordaba anualmente el arrendamiento de las rentas de sus propios y la relación del remate de cada una de ellas por los arrendadores, las diligencias por el incumplimiento de aquellas condiciones por éstos con la sentencia recaída en cada caso y, en fin, la relación especificada de lo que rindieron las diferentes rentas. El estudio comparativo de estas relaciones anuales es de sumo interés, como es obvio, para trazar la curva de los ingresos del Concejo de Sevilla en casi los dos siglos que comprende la documentación conservada.

     En cuanto a la otra vertiente de la gestión del mayordomo, es decir, la libratoria, abarcaba una extraordinaria variedad de pagos para las múltiples atenciones que tenía a su cargo el Cabildo, unas de carácter fijo y anual, como la nómina de sus oficiales y otros cargos del mismo: alcaides de sus fortalezas, oficiales y obreros municipales con remuneración fija; pagos aleatorios o circunstanciales, como las obras públicas en la Ciudad o en su Tierra; gastos de carácter militar, como el reparo y abastecimiento de los castillos del sistema defensivo de su alfoz y la recluta y abastecimiento de las milicias del Concejo; gastos de carácter civil, como los referentes a las obras públicas, el sostenimiento de la traída de aguas para el abasto de la ciudad y el descarte de las residuales, previsión y reparación de daños catastróficos, especialmente los de las frecuentes avenidas, abastecimiento de pan de la Ciudad en épocas de carestía, reparos de los caminos y puentes y mantenimiento de un equipo de "troteros" para sostener un servicio eficaz de correos oficiales; el pago de profesionales de todo orden, escribanos, procuradores, médicos, cirujanos, maestros de primeras letras, artífices, ministriles, que cumplían las diferentes misiones que, regular y esporádicamente, les confiaba Sevilla. Esta enumeración, que está muy lejos de ser exhaustiva, pone bien de manifiesto el conjunto de datos que esta inapreciable colección de los Papeles del Mayordomazgo proporciona para penetrar en la historia interna de nuestra Ciudad en uno de los periodos más trascendentales y todavía más inexplorados de ella, porque el mayordomo acompaña siempre, como justificante de los pagos que realiza, la copia del libramiento del Cabildo en que le ordena realizarlo, en el que figura una razonada y detallada motivación del gasto, que con frecuencia se obtienen pormenores interesantes. Y como el mayordomo, normalmente, y con arreglo a las Ordenanzas, era elegido por un año y tenía que dar cuenta de su gestión al final de este plazo, esto lo hacía mediante la presentación a los contadores del Cabildo del "Libro del Mayordomazgo", en el que se relacionaban y justificaban documentalmente los ingresos y pagos del año, libros de los que se conservan los correspondientes a casi dos siglos, desde el último tercio del siglo XIV hasta mediados del XVI, a partir de cuya fecha se innova el sistema de la rendición de cuentas del mayordomo.
     Pues bien, en este caso, la primera referencia a Burguillos, la encontramos en el documento nº 3515, en la página 17, que pasamos a transcribir literalmente:

3515
1407, mayo, 10. [Sevilla]
     Licencia otorgada por el Cabildo a favor de Andrés Fernández, vecino de Burguillos, para que pueda edificar un molino para moler pan en la ribera de Cala en el término de Castilblanco con condición de pagar anualmente a la renta de la roda de la villa 20 mrs.
     Obs.: El documento presenta el mismo contenido que el nº 259 de 1406-14071.
     Sec. XV, Pap. May. 1457-1458, caja 56, nº 45, fol. 405r.-v. (r. 497, fots. 478v.-479r.)

     La siguiente referencia a nuestro pueblo, la encontramos en el documentos nº 5038, en la página 409, que pasamos a transcribir literalmente:

5038
1459, noviembre, 13. [Sevilla]
     Mandamiento de los contadores a los Concejos de Burguillos, Castilblanco, Guillena, Castillo de las Guardas, Almadén, El Real, San Nicolás del Puerto, Aznalcóllar, Tejada, Encinasola y La Marotera ordenándoles repartir 22.000 mrs. por sus lugares, de la manera que aquí se les indicará, ya que deberán pagarlos por los lugares de la ciudad que son francos. Para ello deben hacer el correspondiente repartimiento y recaudar el dinero para pagárselo al recaudador mayor.
     Sec. XV, Ped. 1459 y 1460, caja 57, nº 22, fol. 287r.-v. (r. 498, fots. 113r.-114r.)

     Una siguiente referencia a Burguillos, se encuentra en el documento nº 5083, en las páginas 429 y 430, que pasamos a transcribir literalmente:

5083
1455, abril, 21. [Sevilla]
     Mandamiento del Cabildo a los Concejos de Alcalá de Guadaíra y Utrera ordenándoles reunir a los soldados y abastecimientos que les ha tocado aportar al repartimiento de la tala de Ronda y Setenil, para que estén en Sevilla el 25 del mes en curso, ya que el rey ha ordenado que salgan con el pendón de Sevilla para estar en Guillena el día 28 del mismo mes. Para que todo ello se haga con la mayor celeridad posible se envía a Manuel Ruiz del Alcázar, jurado, del cual deberán aceptar todas las órdenes que de parte de la Ciudad les diere.
     Ac.: Anotación indicando que otro mandamiento como éste con la misma fecha lo llevó Pedro López, jurado, al Concejo de Sanlúcar la Mayor.
     Ac.: Anotación indicando que otro mandamiento como éste con la misma fecha lo llevó Rodrigo Mejías, jurado, al Concejo de Coria.
     Ac.: Anotación indicando que otro mandamiento como éste con la misma fecha lo llevó Gonzalo de Illescas, jurado, a los Concejos de El Pedroso y de Cazalla de la Sierra.
     Ac.: Anotación indicando que otro mandamiento como éste con la misma fecha lo llevó Martín González, jurado, a las Mitaciones de Bollullos, Palomares, Mairena y Salteras.
     Ac.: Anotación indicando que otro mandamiento como éste con la misma fecha lo llevó Juan González, jurado, a los Concejos de Almonte, Castilblanco y El Real.
     Ac.: Anotación indicando que otro mandamiento como éste con la misma fecha lo llevó Fernán García de Córdoba a los Concejos de Aracena y Castillo de las Guardas.
     Ac.: Anotación indicando que otro mandamiento como éste con la misma fecha lo llevó Diego Alonso, jurado, a los Concejos de Manzanilla y Castilleja del Campo.
     Ac.: Anotación indicando que otro mandamiento como éste con la misma fecha lo llevó Alfonso Fernández de Medina, jurado, al Concejo de Cala.
     Ac.: Anotación indicando que otro mandamiento como éste con la misma fecha lo llevó Diego González Rafayan, jurado, a los Concejos de Gerena y Aznalcóllar.
     Ac.: Anotación indicando que otro mandamiento como éste con la misma fecha lo llevó Juan Ruiz de Porras, jurado, a los Concejos de Escacena y Paterna del Campo.
     Ac.: Anotación indicando que otro mandamiento como éste con la misma fecha lo llevó Andrés González, jurado, a los Concejos de Villanueva y La Puebla de los Infantes.
     Ac.: Anotación indicando que otro mandamiento como éste con la misma fecha lo llevó Juan del Borno, jurado, a los Concejos de Zufre y Santa Olalla.
     Ac.: Anotación indicando que otro manda miento como éste con la misma fecha lo llevó Diego Martel, jurado, al Concejo de Lebrija.
     Ac.: Anotación indicando que otro mandamiento como éste con la misma fecha lo llevó Antón Márquez, jurado, a los Concejos de Alcalá del Río, Burguillos y La Rinconada.
     Ac.: Anotación indicando que otro mandamiento como éste con la misma fecha lo llevó Juan Fernández de Sevilla, jurado, al Concejo de Fregenal de la Sierra.
     Ac.: Anotación indicando que otro mandamiento como éste con la misma fecha lo llevó Pedro de Casas, jurado, a los Concejos de Alanís y San Nicolás del Puerto.
     Ac.: Anotación indicando que otro mandamiento como éste con la misma fecha lo llevó Manuel González de Sevilla, jurado, a los Concejos de Hinojos y Pilas.
     Ac.: Anotación indicando que otro mandamiento como éste con la misma fecha lo llevó Gonzalo Cerezo, jurado, al Concejo de Aznalcázar.
     Ac.: Anotación indicando que otro mandamiento como éste con la misma fecha lo llevó Pedro Díaz de Villalobos, jurado de San Miguel, al Concejo de Huévar.
     Ac.: Anotación indicando que otro mandamiento como éste con la misma fecha lo llevó Juan Alfonso de Córdoba, jurado, a los Concejos de Cumbres Mayores y Cumbres de San Bartolomé.
     Sec. XV, Ped. 1454, caja 55, nº 156, fols. 331r.-332v. (r. 266, fots. 520v.-522r.)

     Y la última referencia a Burguillos la encontramos en los documentos nº 5119 y 5120, en la página 441, que pasamos a transcribir literalmente:

5119
1467, enero, 3. [Sevilla]
     Mandamiento del Cabildo a los Concejos de Castilblanco, Castillo de las Guardas, Encinasola, Utrera, Alcalá de Guadaíra, Lebrija, La Rinconada, Alcalá del Río y Burguillos ordenándoles repartir 70 ballesteros, cada uno de ellos el número que aquí se les indica, y enviarlos a Antón Rodríguez de Esquivel, veinticuatro, para que estén con él en el castillo de Palma del Río durante un mes desde el 26 de enero, tiempo por el cual el veinticuatro les pagará 10 mrs. diarios, debiendo ellos repartir lo que falta para cumplimentar su salario, según el acuerdo al que hayan llegado con los ballesteros.
     Obs.: El documento presenta el mismo contenido que el nº 5120, pero le falta la anotación.
     Sec. XV, Pap. May. 1466-1467, caja 60, nº 49, fol. 61r.-v. (r. 499, fots. 377r.-378r.)

5120
     Ac.: Anotación indicando que los contadores ordenaron a Antón Rodríguez de Esquivel y a los Concejos mencionados retener un día de sueldo a cada ballestero para los derechos de los contadores mayores.
     Obs.: El documento presenta el mismo contenido que el nº 5119, pero este no presenta la anotación.
     Sec. XV, Pap. May. 1467-1468, caja 60, nº 70, fols. 259r.-260r. (r. 499, fots. 612v.-613v.)

     Una serie de documentos que aporta más datos interesantísimos para conocer la historia de nuestro pueblo.