Mostramos en Historia de Burguillos el capítulo XXIX del libro "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia", de Francisco Rodríguez Hernández, editado por el Ayuntamiento de Burguillos y la colaboración de la Diputación de Sevilla en 1999, y que trata sobre Un casamiento de antaño, ocupando las páginas 133 a 136 de dicha monografía y que pasamos a transcribir íntegramente:
Pág. 133 de "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia". |
Un casamiento de antaño
Como una curiosidad, expuesta principalmente, para conocimiento de las muchachas casaderas de nuestro tiempo, voy a dar a conocer, cual fue la aportación al matrimonio, de una joven de 27 años, llamada Juana de Urdapilleta Giménez, y casada el día 24 de enero de 1739, con Bartolomé de Mora, de 36 años, ambos de Burguillos, (Sevilla).
En tiempos ya lejanos, la tradición imponía que la mujer, antes de contraer matrimonio, constituyera su dote, que era, lógicamente, acorde con el status social y económico al que pertenecía.
En este caso concreto, ella era hija del notario don Francisco de Urdapilleta y Elola, y disfrutaba en el pueblo de una posición desahogada.
Como era costumbre, la dote en cuestión le fue ofrecida al contrayente, quien declaró en escritura pública ante notario, haberla recibido y mostrando asimismo, su conformidad.
Pero mejor que mis palabras, voy a copiar a continuación dicha escritura, que encontré en el archivo de protocolos de Sevilla, en el registro correspondiente a los años comprendidos entre 1696 y 1751; tiene fecha el 19 de septiembre de 1739, e incluyo fotocopia de la misma. Dice así, respetando el texto original, aunque modernizando la ortografía:
Carta de dote de Juana de Urdapilleta Giménez, mujer de Bartolomé de Mora.
En el nombre de Dios amén. Sepan cuantos esta carta de dote vieren, como yo, Bartolomé de Mora, vecino de esta Villa de Burguillos, y viudo de Manuela de los Santos, digo que, por cuanto que para honra y gloria de Dios nuestro señor, y sus santos servicios, estoy hoy día de la fecha para contraer matrimonio legítimamente, con Juana de Urdapilleta Giménez, hija legítima de don Francisco de Urdapilleta y Elola y de doña Juana Giménez de Orellana, difuntos, que Dios tenga en su eterno descanso. Y para ayudar a sustentar las cargas del matrimonio que hemos de contraer, se me han ofrecido de dar en dote de la dicha mi mujer, que ha de ser por Antonio de Urdapilleta, hermano de la dicha Juana, y por la susodicha, algunos de los bienes que los susodichos heredaron de sus padres referidos, poniendo el valor de ellos, según lo declaran los apreciadores nombrados por una parte y otra, de la que son y cantidades. Son las siguientes:
Pág. 134 de "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia". |
Lo primero una casaca de persiana. Noventa reales 90 R/
Item. Una mantilla tinta en grana, guarnecida de puntilla. Veintidós reales. 22
Item. Unas enaguas de sepiterna, tinta en grana. Sesenta reales. 60
Item. Un monillo de pelo de camello. Treinta y tres reales. 33
Item. Un corpiño de damasco, ensatinado. Veintidós reales. 22
Item. Un corpiño en corte, de tafetán celeste. Ocho reales. 8
Item. Dos pares de medias de seda. Cuarenta y cinco reales. 45
Item. Un delantal de tafetán. Ocho reales. 8
Item. Una saya de camellón. Sesenta reales. 60
Item. Una saya de tafetán doble. Sesenta reales. 60
Item. Un manto y saya de espárrago. Sesenta reales. 60
Item. Dos abanillos.. Veintidos reales y medio. 22 1/2
Item. Unos zarcillos. Sesenta reales. 60
Item. Unos zarcillos y cruz. Quince reales. 15
Item. Dos mudas de ropa blanca, la una nueva y la otra demediada. Setena y cinco reales. 75
Item. Una sábana. Diecisiete reales. 17
Item. Dos almohadas pobladas de lana. Cuarenta y cinco reales. 45
Item. Un colchón poblado de lana. Cincuenta reales. 50
Item. Unos manteles y una servilleta. Ocho reales. 8
Item. De ciertas menudencias de cintas y pañuelos. Quince reales. 15
Item. Un arca de vara y media de largo, de caoba. Setenta reales. 70
Item. Dos arquitas pequeñas. Doce reales. 12
Item. Un bufete con su cajón. Treinta reales. 30
Item. Una cama de barandillas de granadillo. Cincuenta y cinco reales. 55
Item. Diferentes retablos de distintas advocaciones. Treinta reales. 30
Item. De platos, porcelanas y tazas. Ocho reales. 8
Item. Una caldera grande a medio servir. Sesenta y seis reales. 66
Item. Un almirez con su mano. Veinte reales. 20
Item. Una sartén coja, perol y sartén y trébedes. Treinta reales. 30
Item. Una tinaja para agua y un tallero. Nueve reales. 9
Item. Una escarpia y diferentes trastos. Diez reales. 10
Item. Cuatrocientos cuarenta reales del dote del patronado del licenciado Alonso Pérez 440
"Que todas las partidas referidas, suman y montan mil quinientos cincuenta y cinco reales de vellón", (omite el medio real de la partida 12) [...], sigue un lardo etc. de frases de ritual que en nada alteran el contenido esencial, por lo que se omite. Y termina:
Fecha la carta en esta Villa de Burguillos, en diecinueve días del mes de septiembre de mil setecientos treinta y nueve años [...], no firmó, lo señaló con la señal que acostumbra, siendo testigo don Juan Domínguez Arroyo, José Rodríguez y Antonio Urdapilleta, todos vecinos de esta Villa.- Ante mí, por falta de escribano Francisco José Mateos, notario.
Pág. 135 de "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia". |
Pág. 136 de "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia". |
No hay comentarios:
Publicar un comentario