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Historia, Patrimonio, Arte, Bibliografía, Hemeroteca, ... sobre nuestro pueblo: BURGUILLOS

lunes, 29 de julio de 2024

Bibliografía: Burguillos en el libro "Catálogo de los Papeles del Mayordomazgo del siglo XV. Tomo VII 1489-1504", de Deborah Kirschberg Schenck, y coordinado por Marcos Fernández Gómez, editado por el Archivo Municipal de Sevilla, en 2014

     Mostramos en Historia de Burguillos las reseñas que se hacen de nuestro pueblo en el libro "Catálogo de los Papeles del Mayordomazgo del siglo XV. Tomo VII 1489-1504", de Deborah Kirschberg Schenck, y coordinado por Marcos Fernández Gómez, editado por el Archivo Municipal de Sevilla, en 2014, uno de cuyos ejemplares podemos leer en el Archivo Municipal de Sevilla.


     Dicho libro es un recorrido por los fondos emanados de la actuación del mayordomo del cabildo hispalense, cuyas funciones definen y especifican las ordenanzas de Sevilla desde los tiempos de Alfonso XI. Los mayordomos eran dos, uno hijodalgo y otro ciudadano. El mayordomo hijodalgo, aunque ello  no pueda deducirse del contexto de las ordenanzas, parece un oficial puramente honorífico, ya que en ellas sólo se le atribuye como misión específica la de "requerir los castillos", es decir, cuidar de que se hallasen con la debida eficacia defensiva. La verdadera función administrativa correspondía, aunque no podemos afirmar que exclusivamente, al mayordomo ciudadano, designado conjuntamente con el hijodalgo anualmente por el Cabildo, aunque en ocasiones se prorrogase por dos o más años su gestión, entando en función el 1º de julio para terminar el 30 de junio del año siguiente. Por sus manos pasaba todo lo referente a la gestión de los bienes del Concejo en una doble vertiente: cobratoria y libratoria; es decir, la percepción de las rentas de sus propios y su inversión en las atenciones a que estaban afectos y a los gastos de todo orden que de la actuación municipal se originaban. Para la debida ejecución del primero de los aspectos de su función, la percepción de las rentas, el mayordomo debía tener a su disposición, aparte de documentales tales como su propia designación por el Cabildo y la confirmación de ésta por el Rey, en su caso, la fianza o fiadores exigidos por sus Ordenanzas para el desempeño del oficio, las condiciones con que el Cabildo acordaba anualmente el arrendamiento de las rentas de sus propios y la relación del remate de cada una de ellas por los arrendadores, las diligencias por el incumplimiento de aquellas condiciones por éstos con la sentencia recaída en cada caso y, en fin, la relación especificada de lo que rindieron las diferentes rentas. El estudio comparativo de estas relaciones anuales es de sumo interés, como es obvio, para trazar la curva de los ingresos del Concejo de Sevilla en casi los dos siglos que comprende la documentación conservada.


     En cuanto a la otra vertiente de la gestión del mayordomo, es decir, la libratoria, abarcaba una extraordinaria variedad de pagos para las múltiples atenciones que tenía a su cargo el Cabildo, unas de carácter fijo y anual, como la nómina de sus oficiales y otros cargos del mismo: alcaides de sus fortalezas, oficiales y obreros municipales con remuneración fija; pagos aleatorios o circunstanciales, como las obras públicas en la Ciudad o en su Tierra; gastos de carácter militar, como el reparo y abastecimiento de los castillos del sistema defensivo de su alfoz y la recluta y abastecimiento de las milicias del Concejo; gastos de carácter civil, como los referentes a las obras públicas, el sostenimiento de la traída de aguas para el abasto de la ciudad y el descarte de las residuales, previsión y reparación de daños catastróficos, especialmente los de las frecuentes avenidas, abastecimiento de pan de la Ciudad en épocas de carestía, reparos de los caminos y puentes y mantenimiento de un equipo de "troteros" para sostener un servicio eficaz de correos oficiales; el pago de profesionales de todo orden, escribanos, procuradores, médicos, cirujanos, maestros de primeras letras, artífices, ministriles, que cumplían las diferentes misiones que, regular y esporádicamente, les confiaba Sevilla. Esta enumeración, que está muy lejos de ser exhaustiva, pone bien de manifiesto el conjunto de datos que esta inapreciable colección de los Papeles del Mayordomazgo proporciona para penetrar en la historia interna de nuestra Ciudad en uno de los periodos más trascendentales y todavía más inexplorados de ella, porque el mayordomo acompaña siempre, como justificante de los pagos que realiza, la copia del libramiento del Cabildo en que le ordena realizarlo, en el que figura una razonada y detallada motivación del gasto, que con frecuencia se obtienen pormenores interesantes. Y como el mayordomo, normalmente, y con arreglo a las Ordenanzas, era elegido por un año y tenía que dar cuenta de su gestión al final de este plazo, esto lo hacía mediante la presentación a los contadores del Cabildo del "Libro del Mayordomazgo", en el que se relacionaban y justificaban documentalmente los ingresos y pagos del año, libros de los que se conservan los correspondientes a casi dos siglos, desde el último tercio del siglo XIV hasta mediados del XVI, a partir de cuya fecha se innova el sistema de la rendición de cuentas del mayordomo.
     Pues bien, en este caso, las primeras referencias a Burguillos, las encontramos en los documentos nº 8083 y 8084, en la página 118, que pasamos a transcribir literalmente:


8083
1495, enero, 4. [Sevilla]
     Mandamiento del Cabildo a los Concejos de La Rinconada, Salteras, Guillena, Burguillos y Coria del Río ordenándoles repartir 9.500 mrs. más para la contribución a la Hermandad, ya que el Concejo de Alcalá del Río se quejó de que se le había atribuido una cantidad demasiado alta en el repartimiento, sobre todo comparándola con las asignadas a sus Concejos, por lo que Lope de Ágreda, veinticuatro, y el licenciado Romero, jurado, decidieron que de los 40.500 mrs. que se impusieron a Alcalá del Río, se le quitaran 9.500 mrs. que ahora deberán pagar ellos, quedando sus aportaciones en las cantidades que aquí se les señalan.
     Obs.: El doc. presenta el mismo contenido que el nº 8084.
     Sec. XV, Pap. May. 1495, caja 80, nº 29, fols. 86r.-87r. (r. 693, fots. 165r.-166v.)

8084
Obs.: El doc. presenta el mismo contenido que el nº 8083, pero con un resumen distinto.
     Sec. XV, Pap. May. 1495, caja 80, nº 30, fols. 88r.-89r. (r. 693, fots. 167r.-168v.).

     La siguiente y última referencia a nuestro pueblo la encontramos en el documento nº 8718, en la página 260, que pasamos a transcribir literalmente:


8718
1501, septiembre, 10. [Sevilla]
     Libramiento del Cabildo a Nicolás Martínez de Durango, mayordomo, para que pague al Concejo de La Algaba 2.676 mrs., que corresponden a la cuarta parte de los 10.705 mrs. a los que Sevilla y sus villas de Alcalá del Río, Burguillos y Guillena fueron condenados en el pleito que mantuvieron con La Algaba por cuestiones de términos ante el presidente y oidores de la Audiencia y Chancillería de Ciudad Real. El resto lo deberán pagar los Concejos citados para lo que tendrán que repartir la cantidad entre sus vecinos.
     Sec. XV, Pap. May. 1501, caja 87, nº 56, fol. 121r. (r. 759, fot. 171r.).

     Una serie de documentos que aporta más datos interesantísimos para conocer la historia de nuestro pueblo.

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