Mostramos en Historia de Burguillos la reseña que se hacen de nuestro pueblo en el libro "Inventario de los Papeles del Mayordomazgo del siglo XV. 1401-1416", de Francisco Collantes de Terán, editado por el Archivo Municipal de Sevilla, en 1972, uno de cuyos ejemplares podemos leer en el Archivo Municipal de Sevilla.
Dicho libro es un recorrido por los fondos emanados de la actuación del mayordomo del cabildo hispalense, cuyas funciones definen y especifican las ordenanzas de Sevilla desde los tiempos de Alfonso XI. Los mayordomos eran dos, uno hijodalgo y otro ciudadano. El mayordomo hijodalgo, aunque ello no pueda deducirse del contexto de las ordenanzas, parece un oficial puramente honorífico, ya que en ellas sólo se le atribuye como misión específica la de "requerir los castillos", es decir, cuidar de que se hallasen con la debida eficacia defensiva. La verdadera función administrativa correspondía, aunque no podemos afirmar que exclusivamente, al mayordomo ciudadano, designado conjuntamente con el hijodalgo anualmente por el Cabildo, aunque en ocasiones se prorrogase por dos o más años su gestión, entando en función el 1º de julio para terminar el 30 de junio del año siguiente. Por sus manos pasaba todo lo referente a la gestión de los bienes del Concejo en una doble vertiente: cobratoria y libratoria; es decir, la percepción de las rentas de sus propios y su inversión en las atenciones a que estaban afectos y a los gastos de todo orden que de la actuación municipal se originaban. Para la debida ejecución del primero de los aspectos de su función, la percepción de las rentas, el mayordomo debía tener a su disposición, aparte de documentales tales como su propia designación por el Cabildo y la confirmación de ésta por el Rey, en su caso, la fianza o fiadores exigidos por sus Ordenanzas para el desempeño del oficio, las condiciones con que el Cabildo acordaba anualmente el arrendamiento de las rentas de sus propios y la relación del remate de cada una de ellas por los arrendadores, las diligencias por el incumplimiento de aquellas condiciones por éstos con la sentencia recaída en cada caso y, en fin, la relación especificada de lo que rindieron las diferentes rentas. El estudio comparativo de estas relaciones anuales es de sumo interés, como es obvio, para trazar la curva de los ingresos del Concejo de Sevilla en casi los dos siglos que comprende la documentación conservada.
En cuanto a la otra vertiente de la gestión del mayordomo, es decir, la libratoria, abarcaba una extraordinaria variedad de pagos para las múltiples atenciones que tenía a su cargo el Cabildo, unas de carácter fijo y anual, como la nómina de sus oficiales y otros cargos del mismo: alcaides de sus fortalezas, oficiales y obreros municipales con remuneración fija; pagos aleatorios o circunstanciales, como las obras públicas en la Ciudad o en su Tierra; gastos de carácter militar, como el reparo y abastecimiento de los castillos del sistema defensivo de su alfoz y la recluta y abastecimiento de las milicias del Concejo; gastos de carácter civil, como los referentes a las obras públicas, el sostenimiento de la traída de aguas para el abasto de la ciudad y el descarte de las residuales, previsión y reparación de daños catastróficos, especialmente los de las frecuentes avenidas, abastecimiento de pan de la Ciudad en épocas de carestía, reparos de los caminos y puentes y mantenimiento de un equipo de "troteros" para sostener un servicio eficaz de correos oficiales; el pago de profesionales de todo orden, escribanos, procuradores, médicos, cirujanos, maestros de primeras letras, artífices, ministriles, que cumplían las diferentes misiones que, regular y esporádicamente, les confiaba Sevilla. Esta enumeración, que está muy lejos de ser exhaustiva, pone bien de manifiesto el conjunto de datos que esta inapreciable colección de los Papeles del Mayordomazgo proporciona para penetrar en la historia interna de nuestra Ciudad en uno de los periodos más trascendentales y todavía más inexplorados de ella, porque el mayordomo acompaña siempre, como justificante de los pagos que realiza, la copia del libramiento del Cabildo en que le ordena realizarlo, en el que figura una razonada y detallada motivación del gasto, que con frecuencia se obtienen pormenores interesantes. Y como el mayordomo, normalmente, y con arreglo a las Ordenanzas, era elegido por un año y tenía que dar cuenta de su gestión al final de este plazo, esto lo hacía mediante la presentación a los contadores del Cabildo del "Libro del Mayordomazgo", en el que se relacionaban y justificaban documentalmente los ingresos y pagos del año, libros de los que se conservan los correspondientes a casi dos siglos, desde el último tercio del siglo XIV hasta mediados del XVI, a partir de cuya fecha se innova el sistema de la rendición de cuentas del mayordomo.
Pues bien, en este caso, las referencias a Burguillos, la primera de las cuales la encontramos en el documento nº 22, correspondiente al año 1405, en la página 114, que pasamos a transcribir literalmente:
22.- Mandamiento de Sevilla a los concejos de Sanlúcar la Mayor, Aznalcázar, Hinojos, Huévar, Castilleja del Campo, Paterna y Escacena y a los demás de la comarca del Aljarafe, reiterándoles que hiciesen relación por escrito de los hombres de a caballo de cada uno de dichos lugares, que no habían concurrido a los alardes que Sevilla mandó hacer con su Pendón en los días primeros de marzo, julio y septiembre, y para que impusiesen a cada uno de ellos la pena de 50 mrs, requiriendo a los tales para que viniesen inmediatamente a inscribirse a Sevilla. - 17 de septiembre de 1405.
Sigue nota de que una carta del mismo tenor fue enviada a Gerena, Guillena, Aznalcóllar, Burguillos, Alcalá del Río y La Rinconada.
Sigue otra de haberse hecho lo mismo a Fregenal, a los lugares de la Sierra de Aroche, a las Cumbres Mayores, a las Cumbres de San Bartolomé, a Zufre, a Santa Olalla y a Real.
Sigue otra de haberse hecho lo mismo a Constantina, Cazalla de la Sierra, Alanís, La Puebla del Infante, Villanueva del Camino y San Nicolás del Puerto.
La siguiente mención a Burguillos la encontramos en el documento nº 259, correspondiente al año 1406, en la página 203, que pasamos a transcribir literalmente:
259.- Carta merced de Sevilla a Andrés Fernández, vecino de Burguillos, para que pudiese edificar un molino de trigo en la Ribera de Cala, "encima de la junta, junto con la Tejadilla, en término de Castilblanco", pagando un censo anual para la renta, roda y almojarifazgo de dicho lugar, comprometiéndose a no enajenarlo a persona poderosa, sino llana. - 10 de mayo de 1407.
La siguiente referencia a Burguillos la encontramos en el documento nº 169, correspondiente al año 1410, en la página 350, que pasamos a transcribir literalmente:
169.- Carta de franqueza de roda, almojarifazgo, servicio y otro cualquier pecho, que Sevilla otorgó por cuatro años, a partir del día de la fecha, a los vecinos y moradores del lugar de Burguillos, que se había despoblado a causa de los daños que habían recibido de la gente de la hueste que estuvo aposentada en dicho lugar, cuando el Infante don Fernando vino a Sevilla para entrar en tierra de moros, ganando a Zahara, Cañete, la Torre Alhaquime y otros lugares.- 24 de mayo de 1408.
La siguiente mención a Burguillos la encontramos en el documento nº 174, correspondiente al año 1411, en la página 394, que pasamos a transcribir literalmente:
174.- Carta de franqueza que Sevilla dio a su lugar de Burguillos, eximiéndole durante cuatro años, a partir del día de la fecha de la carta, del pago de pechos y tributos concejiles, por hallarse dicho lugar muy despoblado desde que se aposentaron en él las tropas del Infante don Fernando, cuando vino a la conquista de Zahara, Cañete, Valle de Abdelagis y otros lugares de tierra de moros, en cuya ocasión muchos vecinos se fueron a morar a otras villas y lugares.- 26 de abril de 1412.
Y, finalmente la última referencia a Burguillos, la encontramos en el documento nº 57, correspondiente al año 1413, en la página 456, que pasamos a transcribir literalmente:
57.- Mandamiento de Sevilla a los contadores, para que descargasen a Juan de las Casas, mayordomo que fue de esta Ciudad en el año 1413, los 13.975 mrs, de la renta del almojarifazgo de Alcalá del Río, con la barca y con Burguillos, La Rinconada y Casaluenga, por haber dado Sevilla dicha renta sin dinero alguno a García Fernández, carpintero, a Juan Fernández, maestro mayor de los carpinteros de las Atarazanas, y a Ruy González de Córdoba, barquero, que se comprometieron a hacer a su costa una barca nueva para el pasaje del río en Alcalá, a cambio de que Sevilla les cediese la citada renta.- 16 de septiembre de 1414.
Más documentos interesantísimos para conocer la historia de nuestro pueblo, y en el que deducimos que el infante Don Fernando de Antequera (1380-1416), posterior rey Fernando I de Aragón, estuvo en nuestro pueblo aposentado.
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