Cada lunes una nueva entrada con una noticia sobre Historia, Arte, Geografía, Bibliografía, Patrimonio, Fotografía, Hemeroteca, ... de nuestro pueblo: BURGUILLOS

Historia, Patrimonio, Arte, Bibliografía, Hemeroteca, ... sobre nuestro pueblo: BURGUILLOS

lunes, 26 de febrero de 2018

Hemeroteca: Adhesión de Burguillos a la reina Isabel II, con motivo del atentado sufrido por S.M., en varios periódicos del 20 y 22 de febrero de 1852.

   Mostramos en "Historia de Burguillos" la noticia recogida en varios periódicos, en concreto "La Gaceta de Madrid" y "El Heraldo", editados en Madrid, sobre la adhesión de nuestro pueblo a la reina Isabel II con motivo del atentado sufrido por S.M. el 2 de febrero de 1852, y que se conservan en el archivo de la Biblioteca Nacional de España.

   Comenzamos con "La Gaceta de Madrid"; fue una publicación periódica oficial editada en Madrid desde 1697 hasta 1936 en la que fue sustituida en la práctica por el denominado Boletín Oficial del Estado. La Gaceta, en el momento de su nacimiento, estaba dirigida y administrada desde la iniciativa privada. Esta circunstancia varía por completo durante el reinado de Carlos III, quien, en 1762, decide otorgar a la Corona el privilegio de imprimir La Gaceta. De esta forma, la publicación pasa a convertirse en un medio de información oficial que refleja los criterios y decisiones del Gobierno.
   Posteriormente, por la Real Orden circular del Gobierno dirigida á todas las autoridades del reino de 22 de septiembre de 1836, se establece que los decretos, órdenes e instrucciones que dicte el Gobierno se considerarán de obligación desde el momento en que sean publicados en La Gaceta. De este modo, La Gaceta pasaba a convertirse en un órgano de expresión legislativa y reglamentaria, característica que conservará hasta la actualidad.
   En cuanto a la estructura de La Gaceta, es en 1886 cuando se establece que la publicación sólo contendrá documentos de interés general (leyes, decretos, sentencias de tribunales, contratos de la Administración Pública, anuncios oficiales, entre otros); asimismo se establece un orden de preferencia en la publicación de las disposiciones que atiende a criterios de urgencia y un orden de prioridad de la inserción de documentos: Leyes, Reales Decretos, Reales Órdenes. Por último, se prescribe que, dentro de cada sección, el orden de publicación ha de ser el de antigüedad de los Ministerios, siempre tras la Presidencia del Consejo de Ministros. Toda esta estructura será perfilada por una Real Orden de 6 de junio de 1909.
   Por lo que se refiere a la denominación, previamente había recibido nombres como Gazeta nueva de los sucesos políticos y militares (1661-1662), Gaceta ordinaria de Madrid (1667-1680) o Nuevas ordinarias de los sucesos del Norte (1683-1697). En 1697 empezó a publicarse como Gaceta de Madrid, nombre que mantendría, con transitorios cambios de denominación, hasta entrado el siglo XX. Es importante resaltar que en determinados momentos históricos convivieron, al mismo tiempo, varios diarios oficiales con denominaciones distintas.
   En 1936, tras el estallido de la guerra civil, adoptó el título Gaceta de la República: Diario Oficial en noviembre de dicho año. Esta publicación sería sustituida tras el fin del conflicto por el Boletín Oficial del Estado, que se había empezado a publicar el 2 de octubre en la zona sublevada tras una etapa previa bajo el título Boletín Oficial de la Junta de Defensa Nacional.

  Pues bien, en sus páginas 1 y 2, de la edición del 20 de febrero de 1852, a cuatro columnas, en la que en la última de ellas (de la primera página) y en la primera (de la segunda página) y bajo el encabezamiento de una noticia emanada del "MINISTERIO DE LA GOBERNACIÓN." aparece un artículo en el que una ingente cantidad de organismos oficiales (entre los que se encuentran el Ayuntamiento de Burguillos) se adhieren a S. M. la reina Isabel II con motivo del atentado sufrido el pasado 2 de febrero de 1852, y que pasamos a transcribir íntegramente:
Pág. 1 de "La Gaceta de Madrid" del 20 de febrero de 1852.
Pág. 1 de "La Gaceta de Madrid" del 20 de febrero de 1852.
"S. M. La Reina ha visto con agrado las exposiciones que con motivo del atentado cometido el día 2 del actual la han dirigido el Consejo Provincial de Sevilla; el id. de Taragona; la Diputación provincial de Oviedo; el Consejo provincial de Burgos, el Gobernador de la provincia de Cuenca en su nombre y en el de los habitantes de la misma, del Consejo y de los empleados de la administración; el Gobernador, Autoridades y empleados de la provincia de Huelva; el Gobernador y empleados de la provincia de Bilbao; el Gobernador de Segovia en representación de todas las corporaciones y funcionarios dependientes de su Autoridad; el Gobernador, Jefes y empleados de las dependencias económicas y civiles de la provincia de Alicante; el gobernador y empleados del Gobierno, y Administraciones de Rentas de la provincia de Barcelona; el juez de primera instancia, el promotor fiscal y personas notables de Torrelavega; el Gobernador y personas notables de Badajoz; el id. id. de Orense; el Gobernador, corporaciones, Jefes y empleados de Ávila; el Gobernador de Cáceres en nombre de toda la provincia; el de Navarra id.; el de Guadalajara, con los Jefes y empleados en los diferentes ramos de la Administración; el Consejo provincial de Soria; el Gobernador y empleados de la provincia de Gerona; el de Toledo; el de Lugo, a nombre de los Ayuntamientos, corporaciones y empleados la provincia; el Gobernador, Diputados y Consejeros provinciales, Jefes de Hacienda y demás funcionarios de la provincia de Pontevedra; el Gobernador, Autoridades, Jefes y empleados de la provincia de Salamanca; el Gobernador, Jefes y oficiales de las dependencias del Estado en la provincia de Alava; el Gobernador de la Coruña, Jefes de Hacienda, Consejo y empleados de los ramos de la Administración de la misma; el Gobernador, Gefes de los ramos de la Administración civil y demás empleados de la provincia de Palencia; la vicaría eclesiástica, el juzgado de primera instancia, los Ayuntamientos y vecinos de Alcalá de Henares, Minaya, Villa de Ansó, Bedú, Villafamés, Bejís, Cabanes, Morella, Monovar, Monforte, Gandesa, distrito municipal de la Aduana de Madrid, id. de la Latina de id., barrio de Chamberí, Cangas de Onís, Navia, Aller, Morcín, Caravia, Saldaña, San Roque, Mieres, Alcolea del Río, Burguillos, Almadén de la Plata, Morón, de la Frontera, Pilas, Olivares, ...y hasta 84 municipios más".  
   
   Y tambíen encontramos la misma noticia en "El Heraldo"; se trata del diario conservador más representativo de la década moderada (1844-1854), que nace en junio de 1842 bajo la dirección de Luis José Sartorius, que después se convertirá en el primer conde de San Luis. Será puesto a servicio del general Narváez y contra el partido progresista del general Espartero, que en ese momento está ocupando la regencia (1840-1843), tras haber dado fin a la primera guerra carlista. Como órgano del partido moderado, será continuador de El español y de El correo nacional, que habían sido dirigidos por un liberal como Andrés Borrego, cuyos redactores pasan al nuevo periódico, que nace bajo el subtítulo de “político, religiosos, literario e industrial”. Junto a su monarquismo constitucional, será defensor de la iglesia y de la religión católica contra los ataques de los progresistas y demócratas, como aglutinador del conservadurismo más puro, atrayente incluso para algunos sectores del carlismo.
   Tendrá un eminente carácter político y polémico con la prensa esparterista y progresista (El eco del comercio y El clamor público, principalmente), y especialmente se mostrará extremadamente combativo en 1848 frente a los acontecimientos de París al tiempo que Narváez asume poderes dictatoriales. Sus editoriales encabezados bajo el título del mismo periódico serán escritos por Sartorius, o influidos por este cuando llega a ocupar el ministerio en la última etapa de la década moderada. Su redacción la integran José Ignacio Escobar, Antonio Ríos Rosas, Fernando Cos-Gayón, Tomás García Luna y Baltasar Anduaga.  J. Rebollo empezará siendo su editor-responsable, y por último lo será Mariano de la Torre. Al principio será estampado en su propia imprenta, y en sus páginas Juan Donoso Cortés escribirá sus “Cartas desde París”. Su índice se puede hallar en Veinticuatro diarios (1968).
   En su afán por ostentar la primacía de la prensa sustentadora del gobierno moderado, absolverá a El corresponsal (1839-1844) y a El globo (1845), y después encontrará nueva competencia en sus propias filas, cuando su redactor-jefe, Diego Coello y Quesada, pasa a dirigir un nuevo periódico conservador -El faro (1847-1848)-, siendo sustituido por José María de Mora, pero sobre todo al aparecer, en 1849, El país y La época, antes de desaparecer al no poder superar la nueva etapa iniciada por el bienio progresista (1854-1856).
   Primero será vespertino y después matutino, al ir ocupando los espacios de los periódicos que irá absorbiendo, y su estructura será la del diario típico de la prensa de noticias del diecinueve, con ediciones para provincias y para Madrid. Con fondos de política y crónicas y correspondencia de provincias y del extranjero (Londres, París, Bayona, Gibraltar, Lisboa o ultramar), parlamentaria y gubernamental, revista de prensa, crítica literaria, información religiosa, de espectáculos (teatro y toros, principalmente), gacetillas locales, artículos de modas, precios de los productos de consumo, bolsa de Madrid y mercados extranjeros, folletín (principalmente traducciones francesas) y anuncios comerciales.

   Pues bien, en su edición del 22 de febrero de 1852, aparece en una de sus páginas (a cinco columnas) en la cuarta columna y la superior de la quinta, bajo el título EXPOSICIONES A S. M. CON MOTIVO DEL ATENTADO CONTRA SU PERSONA, interesándonos la que hemos remarcado en amarillo y que no es más que una copia de la noticia aparecida en La Gaceta de Madrid, por lo que no la transcribimos, ya que es una copia literal de la anterior.
Pág. de "El Heraldo" del 22 de febrero de 1852.
   Leyendo esta noticia publicado por estos dos periódicos entendemos que fue una conmoción nacional el atentado que Martín Merino y Gómez, el "cura Merino", perpetró el 2 de febrero de 1852 contra Isabel II y que se saldó un una herida de 15 cm a la reina y la ejecución del regicida el 7 de febrero.

lunes, 19 de febrero de 2018

Bibliografía: Capítulo XIII "La Hermandad del Santísimo Sacramento" del libro "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia" de Francisco Rodríguez Hernández de 1999.

   Mostramos en Historia de Burguillos el capítulo XIII del libro "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia", de Francisco Rodríguez Hernández, editado por el Ayuntamiento de Burguillos y la colaboración de la Diputación de Sevilla en 1999, y que trata sobre La Hermandad del Santísimo Sacramento, ocupando las páginas 59 a 61 de dicha monografía y que pasamos a transcribir íntegramente:
Pág. 59 de "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia".
La Hermandad del Santísimo Sacramento
   Era al parecer la más antigua, pues la documentación existente, nos aleja hasta 1632, como queda dicho, y era también la que gozaba de un mayor apoyo y desahogo económico.
   Disponía de ingresos fijos, que le permitían afrontar con seguridad, los gastos propios de la misma.

   La renta anual de la hermandad en 1716, era de 577 reales y medio de vellón.
   Veamos su distribución:
   En 14 tributos redimibles.                                                                                 225 r/v.
   En la renta de dos casas que se arrendaban temporalmente.                            242 r/v.
   En limosnas, reguladas porquinquenios.                                                          110 1/2 r/v.
   ______________________________________________________________________
   Total rentas:                                                                                                    577 1/2 r/v.


   De esta cantidad se deducían para gastos 1921 1/2 r/v.; a saber:
   Cantidad que pagaba la hermandad al beneficiado
   y sacristán por las memorias de misas cantadas y rezadas, 
   que estaban situadas sobre todas las rentas.                                                    120 r/v.
   Por un tributo y recado de dichas dotaciones a la fábica.                                  12 1/2 r/v.
   Cantidad que se consideraba de cuarta parte en la renta
   de las dos casas fincas, para sus reparos.                                                           60 r/v.
   _______________________________________________________________________
   Suma:                                                                                                              192 1/2 r/v.

   Diferencia libre para cera y otros gastos.                                                         385 r/v.


   Para establecer un juicio acertado, de los que representa el estado de cuenta que queda consignado, debemos prescindir del criterio que nos dicta, nuestra mentalidad actual, y considerar que en la fecha a que estamos refiriéndonos, el valor del dinero era elevado, aunque el problema era poseerlo.
Pág. 60 de "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia".
Pág. 61 de "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia".

lunes, 12 de febrero de 2018

Callejero de Burguillos: La calle Acebuche.

   Mostramos imágenes (realizadas por Google Maps en septiembre de 2008) de la calle Acebuche, en Burguillos.
Rótulo de la calle Acebuche.
   La calle (desde el punto de vista urbanístico, y como definición, aparece perfectamente delimitada en la población histórica y en los sectores urbanos donde predomina la edificación compacta o en manzana, y constituye el espacio libre, de tránsito, cuya linealidad queda marcada por las fachadas de las edificaciones colindantes entre si. En cambio, en los sectores de periferia donde predomina la edificación abierta, constituida por bloques exentos, la calle, como ámbito lineal de relación, se pierde, y el espacio jurídicamente público y el de carácter privado se confunden en términos físicos y planimétricos) está dedicada al Acebuche, que es el nombre de la variedad silvestre del Olivo y su antecesor. Su nombre botánico es Olea europaea var. sylvestris, que se diferencia de la especie cultivada por su aspecto de arbusto, por sus espinas en sus ramas, por sus hojas más redondeadas y sus frutos más pequeños. 
Callejero oficial del Ayto. de Burguillos con situación de la c/ Acebuche.
Mapa de Burguillos con situación de la c/ Acebuche.
Fotografía aérea de la c/ Acebuche, de Burguillos.
   El acebuche forma parte del conjunto de arbustos y árboles de bosque mediterráneo junto con encinas, quejigos y alcornoques. El acebuche se adapta a todo tipo de suelos soportando perfectamente el calor, sin embargo es muy sensible al frío, sobre todo a las heladas. Produce pequeñas aceitunas, las acebuchinas, atractivas para las aves en otoño cuando necesitan una reserva extra de grasa para pasar el invierno o emprender largos viajes migratorios. Hoy día, se vuelve a utilizar para la producción de aceite como producto ecológico de primera calidad. No suele encontrarse en forma de árbol debido a su atractivo como alimento para el ganado quedando como arbustos. Solamente alcanzan el porte de árbol cuando crecen entre lentiscos fuera del alcance del ganado pudiendo llegar hasta los 10 metros de altura. 
Un acebuche cualquiera.
   El acebuche ha sido usado como patrón para todas las variedades de olivo cultivado. Injertado adecuadamente en un olivo se convierte en una especie cultivada adquiriendo el aspecto de esta. De la misma forma un olivo en ausencia prolongada de cuidados se asilvestra tomando el aspecto de acebuche. El acebuche es usado habitualmente en repoblaciones forestales y como arbusto ornamental por su bajo o nulo mantenimiento y su rusticidad, crecimiento y adaptación a todo tipo de terrenos, aunque con preferencia de los suelos ricos y calizos. Las hojas del acebuche presentan muchas propiedades medicinales, destacando la facultad de disminuir la presión sanguínea y su carácter hipoglucemiante. De sus virtudes y excelencias nos da una idea el hecho de que en los juegos olímpicos de la antigüedad, a los vencedores se les coronaba con ramas de acebuche. La distribución del Acebuche en la península ibérica es irregular estando más presente en la cuenca mediterránea como arbusto aislado. Es de destacar la importante presencia de acebuches en la provincia de Cádiz.
Inicio de la c/ Acebuche, desde la c/ Valeriana.
c/ Acebuche en su cruce con la c/ Romero.
Final de la c/ Acebuche en la c/ Enebro.
Vista del final de la c/ Acebuche, desde la c/ Enebro.
   La calle Acebuche está situada en la barriada "Aires de Burguillos", perteneciente al barrio de La Ermita. Va de la calle Valeriana a la calle Enebro, siendo cruzada por la calle Romero, y tiene una longitud de 200 metros aproximadamente, siendo unidireccional desde el punto de vista del tráfico rodado en sentido ascendente, asfaltada y alumbrada por farolas funcionales. Está conformada por 36 viviendas unifamiliares de promociones inmobiliarias de dos plantas en altura, formando parte de una zona residencial. Curiosamente, en el inicio de la calle uno de sus vecinos tiene en el porche de su casa un Acebuche.
Acebuche asomando por el porche de una vivienda en el inicio de la calle homónima.
   La calle Acebuche es, históricamente, una vía moderna, puesto que fue creada con el boom inmobiliario que se produjo en nuestro pueblo a comienzos del siglo XXI y junto al hecho de ser eminentemente residencial, hace que tenga tan sencillo comentario, aunque habría que reseñar que en nuestro término municipal existe un paraje denominado El Acebuchal, que sin duda fue motivo suficiente para rotular una calle de nuestro pueblo con dicho nombre..

lunes, 5 de febrero de 2018

Geografía: El Cerro Burguillos en La Puebla de Almoradiel (Toledo - Castilla-La Mancha)

   Mostramos en Historia de Burguillos una pequeña reseña del Cerro Burguillos, un lugar que lleva también lleva el nombre de nuestro pueblo (aunque no sabemos ni el motivo ni siquiera si está relacionado con nuestro pueblo o con otro de los municipios que llevan nuestro mismo topónimo) enclavado en el término municipal de La Puebla de Almoradiel (Toledo), a 4 kms. del centro urbano, y al que se llega por el llamado "Camino de Burguillos", y a 458 km. de nuestro pueblo, Señalar que toda la información aquí mostrada proviene de la web oficial de la localidad, junto a las imágenes provenientes del Instituto Geográfico Nacional y de Google Maps.
Mapa de la localización del Cerro Burguillos, cercano al casco urbano de La Puebla de Almoradiel, Toledo.
   El Cerro Burguillos se encuentra a 682 m de altura, lo cual no es muy significativo puesto que la práctica totalidad del término municipal se sitúa en el entorno de los 650-750 m de altitud, de ahí que no se marque apenas con el entorno.
Fotografía aérea de la zona donde se encuentra el Cerro Burguillos (en amarillo), en el término municipal de La Puebla de Almoradiel.
   Lamentablemente no hemos podido encontrar fotografías del lugar y sólo podemos mencionar que la localidad en el que se encuentra, pertenece a la comarca de La Mancha Alta y al partido judicial de Quintanar de la Orden, en la zona oriental de la provincia. Pudiera parecer que dicho topónimo tuviera su sentido al pertenecer a la misma provincia que nuestro pueblo hermano Burguillos de Toledo, pero lo cierto que el camino que parte de La Puebla de Almoradiel hacia el Cerro Burguillos, y que se denomina Camino de Burguillos, se dirige hacia el sur de la localidad, cuando Burguillos de Toledo se encuentra al Oeste de La Puebla de Almoradiel a 94,7 km, por lo que se descartaría la relación entre ellos, hasta que aparezcan nuevos datos.

lunes, 29 de enero de 2018

Hemeroteca: El valor de los Baldíos de Burguillos, publicado en la Gaceta de Madrid el 1 de mayo de 1851.

   Mostramos en "Historia de Burguillos" la noticia recogida en la "Gaceta de Madrid", editado  en Madrid, por la Imprenta Real el 1 de mayo de 1851 y que se encuentra en el Archivo del Boletín Oficial del Estado, del cual es el antecedente, de ahí que sea el órgano oficial del Estado.

   Fue una publicación periódica oficial editada en Madrid desde 1697 hasta 1936 en la que fue sustituida en la práctica por el denominado Boletín Oficial del Estado. La Gaceta, en el momento de su nacimiento, estaba dirigida y administrada desde la iniciativa privada. Esta circunstancia varía por completo durante el reinado de Carlos III, quien, en 1762, decide otorgar a la Corona el privilegio de imprimir La Gaceta. De esta forma, la publicación pasa a convertirse en un medio de información oficial que refleja los criterios y decisiones del Gobierno.
   Posteriormente, por la Real Orden circular del Gobierno dirigida á todas las autoridades del reino de 22 de septiembre de 1836, se establece que los decretos, órdenes e instrucciones que dicte el Gobierno se considerarán de obligación desde el momento en que sean publicados en La Gaceta. De este modo, La Gaceta pasaba a convertirse en un órgano de expresión legislativa y reglamentaria, característica que conservará hasta la actualidad.
   En cuanto a la estructura de La Gaceta, es en 1886 cuando se establece que la publicación sólo contendrá documentos de interés general (leyes, decretos, sentencias de tribunales, contratos de la Administración Pública, anuncios oficiales, entre otros); asimismo se establece un orden de preferencia en la publicación de las disposiciones que atiende a criterios de urgencia y un orden de prioridad de la inserción de documentos: Leyes, Reales Decretos, Reales Órdenes. Por último, se prescribe que, dentro de cada sección, el orden de publicación ha de ser el de antigüedad de los Ministerios, siempre tras la Presidencia del Consejo de Ministros. Toda esta estructura será perfilada por una Real Orden de 6 de junio de 1909.
   Por lo que se refiere a la denominación, previamente había recibido nombres como Gazeta nueva de los sucesos políticos y militares (1661-1662), Gaceta ordinaria de Madrid (1667-1680) o Nuevas ordinarias de los sucesos del Norte (1683-1697). En 1697 empezó a publicarse como Gaceta de Madrid, nombre que mantendría, con transitorios cambios de denominación, hasta entrado el siglo XX. Es importante resaltar que en determinados momentos históricos convivieron, al mismo tiempo, varios diarios oficiales con denominaciones distintas.
   En 1936, tras el estallido de la guerra civil, adoptó el título Gaceta de la República: Diario Oficial en noviembre de dicho año. Esta publicación sería sustituida tras el fin del conflicto por el Boletín Oficial del Estado, que se había empezado a publicar el 2 de octubre en la zona sublevada tras una etapa previa bajo el título Boletín Oficial de la Junta de Defensa Nacional.

  Pues bien, en sus páginas 3 y 4, a tres columnas la zona superior y a dos columnas el resto, se publican distintas noticias oficiales referentes a "Documentos pedidos por la comisión del Congreso, y remitidos por el Gobierno en 12 de Marzo último" como continuación de "los documentos relativos al arreglo de la Deuda pública" interesándonos el Núm. 20 sobre Baldíos y Realengos que hacen referencia a nuestro pueblo, que pasamos a transcribir íntegramente:
Pág. 3 de "La Gaceta de Madrid" del 1 de mayo de 1851.
Num. 20
BALDÍOS Y REALENGOS
   Junta de Inspectores del cuerpo de la Administración civil. = Excelentísimo Sr.: Cumpliendo esta Junta con lo que se servió prevenirle en Real órden del 9, al trasladarle la comunicada por el Excmo. Sr. Ministro de Hacienda, acompaña á V. E. los estados por provincias y pueblos de los baldíos deslindados hasta el dia como pertenecientes al Esado, y con expresión de sus valores, en venta y renta. Para que tanto V. E. como el Excmo. Sr. Ministro de Hacienda y los Sres. Diputados que componen la comision que entiende en el proyecto de arreglo de la Deuda puedan formar un juicio aproximado de lo que deba esperarse del valor de los baldíos que puedan deslindarse como pertenecientes al Estado, cree esta Junta deber exponer que en Marzo y Septiembre de 1798, como cálculo aproximado, ascendían los terrenos baldíos e incultos á la enorme suma de 20 millones de fanegas, segun resulta del expediente general de baldíos que obra en el archivo del suprimido Consejo de Castilla, formado con igual objeto de extincion de la Deuda. Las vicisitudes por que ha pasado la nacion en los 53 años transcurridos han mermado sin duda muy considerablemente la suma dichos terrenos, ya por las muchas ventas que se han hecho, ya por las usurpaciones y detentaciones imposibles de averiguar, y ya por las donaciones que de algunas tambien se han ejecutado; pero la Junta cree que adoptándose las diferentes medidas que tiene propuestas á V. E., y que ejecutándose la visita conforme vayan instruyéndose los expedientes que tienen formados, una muy buena parte de los citados baldíos quedarán deslindados para el Estado, los incultos en su estado natural en disposición de venderse, y los roturados y destinados al cultivo para aprovechar los réditos con que se acensúen, según la legislación vigente.
   Dios guarde á V. E. muchos años. Madrid 12 de Marzo de 1851. = Excelentísimo Señor. = Ramon Ceruti, Presidente. = Isidro Wall, Secretario. = Excelentísimo Señor Ministro de la Gobernación del Reino. = Es copia de la que se remitió á V. E. con fecha 12 del corriente. = Ceruti.
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JUNTA DE INSPECTORES DEL CUERPO DE LA ADMINISTRACION CIVIL
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 RESUMEN GENERAL por provincias de los baldíos clasificados hasta la fecha en concepto de realengos.

[Sigue un cuadro en el que se relacionan por provincias el número de fanegas, el valor en venta y en renta, de Alicante, Córdoba, Coruña, Cuenca, Madrid, Málaga, Oviedo y Sevilla]

OBSERVACIONES
   En algunas casillas no se expresan las cabidas por no haber aun informado sobre este extremo los Gobernadores de provincia.
   Por evitar gastos á los pueblos, los Comisarios de montes y peritos agrónomos han computado las cabidas y valores ordinariamente por cálculo aproximado, pues son muy costosas las rectificaciones de los límites y las mediciones científicas.
   Las cifras ladeadas á la izquierda dan á entender valores calculados por la Junta suponiendo la fanega vendible á 20 rs. precio minimun y capaz de producir una renta de 3 por 100.
   La diferencia que podrá advertise entre las sumas totales del anterior resúmen y las cifras que aparecen en la comunicación á S. E. del día 10, ha nacido de la precipitacion con que se hicieron los primeros cálculos.
   Madrid 12 de Marzo de 1851. = Ramon Ceruti, Presidente. = Isidro Vall, Secretario.

   Ya en la pág. 4 en la parte inferior de la primera columna aparece la Relación de los baldíos clasificados por la Junta como pertenecientes al Estado de la Provincia de Sevilla y del que sólo relacionaremos el referente a Burguillos, que transcribimos íntegramente:
Pág. 4 de "La Gaceta de Madrid" del 1 de mayo de 1851.
Pueblos donde radican: Burguillos
Denominación de los baldíos: De Burguillos
Número de fanegas: 200
VALOR en venta: 4,000
VALOR en renta: 120

lunes, 22 de enero de 2018

Bibliografía: Capítulo XII "Hermandades y Cofradías" del libro "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia" de Francisco Rodríguez Hernández, de 1999.

   Mostramos en Historia de Burguillos el capítulo XII del libro "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia", de Francisco Rodríguez Hernández, editado por el Ayuntamiento de Burguillos y la colaboración de la Diputación de Sevilla en 1999, y que trata sobre Hermandades y Cofradías, ocupando la página 57 de dicha monografía y que pasamos a transcribir íntegramente:
Pág. 57 del libro "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia".

Hermandades y Cofradías
   La tradición cofradiera en la Villa de Burguillos, es antigua y llena de matices vocacionales. A lo largo de los siglos, el pueblo sencillo ha impulsado la fundación de hermandades y ha sostenido con su fe, la solidez de unas creencias, que también le ha permitido disfrutar y emocionarse en la contemplación, del paso de imágenes, durante la celebración de actos en las grandes solemnidades y acontecimientos religiosos.
   Del estudio de la documentación de los primeros años del siglo XVIII, que vengo comentando, se viene en conocimiento de que en dicho tiempo, existían en la Villa cuatro cofradías; a saber:
          - Cofradía del Santísimo Sacramento.
          - Cofradía de la Santa Veracruz.
          - Cofradía de Nuestra Señora del Rosario.
          - Cofradía de las Benditas Ánimas.
   En un documento de 1709, el Provisor y vicario general del arzobispado de Sevilla, se había dirigido a los mayordomos de estas hermandades, (excepto la Santa Veracruz) haciéndoles saber, que si en el plazo de cuatro meses, no presentaban las reglas para su aprobación, como les estaba mandado, se les prohibiría hacer acto de hermandad.
   En requerimiento de esta naturaleza, se hace en los casos de fundación reciente, o de pérdida de reglas o estatutos aprobados anteriormente. O bien con la intención de renovación introduciendo en los mismos, nuevas normas dictadas por el arzobispado. Pero eso sería válido para todas las hermandades, y no se justifica la exclusión de la Santa Veracruz.
   En cuanto a lo de fundación reciente, no se explica bien el hecho de incluir en esta obligación a la hermandad del Santísimo Sacramento, a no ser que sus primitivas reglas estuvieran extraviadas, pues su antigüedad está comprobada documentalmente. Por ejemplo, en 1659, se registra fuera de toda duda, la celebración de actos de esta hermandad. En otro documento de 1635, del archivo de protocolos de Sevilla, se consigna que en este año, era mayordomo de la misma, el vecino de Burguillos, Francisco Muñoz Olivero. Pero aún podemos retroceder tres años más en el tiempo, pues por otro protocolo del mismo archivo sabemos que en 1632, era mayordomo de esta hermandad, Bartolomé Vázquez de la Barrera.
   A continuación, y en capítulo aparte, voy a hacer una breve historia de estas hermandades, y vamos a examinar -hasta donde sea posible- cómo estaban constituidas en el pasado, y sobre todo, de que dotación económica disponían. 

lunes, 15 de enero de 2018

Callejero: La antigua avenida de Burguillos, en Guillena (Sevilla).

   Mostramos imágenes (realizadas por Google Maps en junio de 2011) de la antigua avenida de Burguillos, en Guillena, a 10,8 km. de Burguillos, actualmente denominada avenida alcalde Justo Padilla Burgos. La antigua calle dedicada a nuestro pueblos es la propia travesía de la villa de Guillena, es decir, la carretera A-460 (Guillena - Villaverde del Río). Va desde la calle Prado de San Sebastián hasta el puente Tomás de Ibarra (que salva la Rivera de Guillena) a la salida de la población en dirección a Burguillos.
Plano de la antigua avenida de Burguillos, en Guillena.
Fotografía aérea de la antigua avenida de Burguillos, en Guillena.
   De ella parten consecutivamente a la derecha, las calles Miguel Maestre, Gallito, Belmonte, Marcelo López, Manuel Gálvez, Antonio Vela, San Juan Bautista, Santa María Magdalena, San Isidoro, San Fernando, Nuestra Señora del Pilar y Tajo.
   Asimismo, de ella parten consecutivamente a la izquierda, las calles María Zambrano, Plaza 8 de marzo, Málaga, Cádiz, Huelva, Los Silos, Albéniz, Falla, María de Molina y Vístula.
   Señalar también que a mitad de la calle, aproximadamente es cruzada por la calle Vereda de los Pañeros, con una fuente en el centro, a modo de rotonda.
Inicio de la antigua avenida de Burguillos, en Guillena, con la c/ Prado de San Sebastián a la izquierda y la c/ Miguel Maestre a la derecha.
Fuente en el cruce de la antigua avenida de Burguillos en Guillena, con la c/ Vereda de los Pañeros.
La capilla de Ntra. Sra. de la Esperanza en el margen izquierdo de la antigua avenida de Burguillos, en Guillena.
Final de la antigua avenida de Burguillos, en Guillena, atisbándose el puente Tomás de Ibarra.
   La antigua avenida de Burguillos en Guillenas tiene la particularidad de que en ella se encuentran la barriada Ntra. Sra. de la Candelaria (en el margen derecho desde su inicio hasta el cruce con la c/ Miguel Maestre),  edificios municipales como Emusin, el Centro Cívico La Estación y el Teatro Municipal (en su margen izquierda desde su inicio hasta el cruce con la c/ Vereda de los Pañeros), la capilla de Ntra. Sra. de la Esperanza (en su margen izquierdo entre los cruces con las c/ Málaga y c/ Cádiz), y finalmente la barriada de Ntra. Sra. del Pilar (en el margen derecho en su tramo final).
   Se caracteriza por ser un tipo de vía marcada por su carácter de travesía de ahí que el tráfico sea muy intenso y por estar dotada asimismo de un carácter eminentemente comercial en un porcentaje muy alto con actividades de todo tipo y viviendas de tipo unifamiliar y de autoconstruccción junto a otro tipo de viviendas de promociones inmobiliarias tanto privadas como estatales.
   Finalmente señalar que el cambio de denominación de dicha vía tuvo lugar el 12 de noviembre de 2009 en pleno extraordinario.