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Historia, Patrimonio, Arte, Bibliografía, Hemeroteca, ... sobre nuestro pueblo: BURGUILLOS

lunes, 19 de diciembre de 2016

Documentación: El Real Decreto de 27 de junio de 1916 (Modificación de los nombres de algunas poblaciones de España).

   Mostramos en "Historia de Burguillos" un documento de vital importancia para el estudio de la historia de nuestro pueblo, y es que a partir de la entrada en vigor de este Real Decreto, no puede haber confusión alguna a la hora de localizar documentos sobre nuestro pueblo.
   Hasta el año 1916, existían en España tres poblaciones con el nombre de Burguillos (el nuestro, otro en la provincia de Badajoz, y uno más en la provincia de Toledo), y existiendo muchas otras poblaciones que compartían el mismo nombre, el gobierno de la época decide tomar cartas en el asunto para evitar errores y confusiones por lo que decide encargar a la Real Sociedad Geográfica un estudio para solucionar este tema, del que saldrá el Real Decreto de 27 de junio de 1916, insertado en la Gaceta de Madrid (antecedente del actual Boletín Oficial del Estado - B.O.E.) cuya reseña es la que sigue: En esta primera página encontramos la Exposición de motivos y el texto del Real Decreto así como el listado de los municipios que cambian de nombre en orden provincial, desde la provincia de Álava hasta parte de la de Ávila:
Pág. 11 del nº 184 de La Gaceta de Madrid.

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
EXPOSICIÓN
   SEÑOR: La Real Sociedad Geográfica ha realizado prolijo y meditado estudio para la reforma de la Nomenclatura geográfica de España, por estimar de conveniencia y verdadera utilidad el cambio de denominación de las entidades de población cabezas de distrito municipal, a fin de que desaparezca la extraordinaria y lamentable confusión originada por el hecho de existir, entre los 9.266 Ayuntamientos que constituyen la Nación, más de 1.020 con idénticos nombres, y éstos sin calificativo ni aditamento alguno que los distinga.
   Al acometer dicha Real Sociedad labor tan importante y meritoria, hase atenido a bases o reglas generales que imprimiesen a la obra unidad de criterio, limitándola en lo posible y procurando que afectara al menor número de localidades, dejando intacto el nombre actual a las poblaciones de mayor categoría administrativa, como las capitales de provincia, cabezas de partido judicial y las de mayor número de habitantes, y variando los de aquellas entidades de población cuyo número de vecinos es menor  que el de sus homónimas, procurando que el calificativo que se asigna no sea arbitrario, sino el que la tradición, el uso o los afectos de cada localidad vienen consagrando, y teniendo también presentes los antecedentes históricos, circunstancias especiales del terreno, etc., y con especial predilección las palabras que expresan nombre de corriente de agua, de la montaña, del territorio, de la particularidad geográfica, en fin, en cuyas cercanías o dentro del cual se halle enclavado el Ayuntamiento o población cuyo nombre propone modificar, habida cuenta del carácter de perpetuidad del accidente que califique y distinga al pueblo de que se trate, a fin de que lleve consigo la casi inmutabilidad de su nueva designación. En los Ayuntamientos conocidos con dos nombres ha eliminado uno de ellos, y en los que llevan las palabras junto o las ha sustituído por la partícula de.
   La expresada Sociedad Geográfica ha consultado y obtenido favorable informe respecto a la indicada reforma de las Direcciones Generales de Correos y Telégrafos, del Instituto Geográfico y Estadístico, de los Registros Civil, de la Propiedad y del Notariado, de los Depósitos de la Guerra e Hidrográfico y de las Diputaciones Provinciales respectivas.
   En atención a lo expuesto, el Ministro que suscribe tiene el honor de elevar a la sanción de V.M. el adjunto proyecto de Real decreto.
   Madrid, 27 de junio de 1916
SEÑOR:
A.L.R.P.de V.M.,
Conde de Romanones

REAL DECRETO
   De conformidad con el Presidente de Mi Consejo de Ministros; de acuerdo con el mismo Consejo y con el parecer de la Comisión permanente del Consejo de Estado, 
   Vengo en aprobar la reforma propuesta por la Real Sociedad Geográfica, cambiando de denominación a los 573 Ayuntamientos de España en aquélla comprendidos, los cuales, en lo sucesivo, se designarán con los nombres que especifica la siguiente relación, que se insertará en la GACETA DE MADRID, Boletines Oficiales de las provincias y publicaciones oficiales de los Departamentos ministeriales.
   Dado en Palacio a veintisiete de Junio de mil novecientos dieciséis.
ALFONSO.
El Presidente del Consejo de Ministros,
Álvaro de Figueroa Torres

Relación de los 573 Ayuntamientos de España comprendidos en la propuesta de la Real Sociedad Geográfica, cuyos nombres se modifican con sujeción a los prevenido en el Real decreto de esta fecha:

En la página siguiente sigue el listado desde parte de la provincia de Ávila hasta la de Coruña, y en el que encontramos en la provincia de Badajoz los cambios de Burguillos y Valverde.

Pág. 12 del nº 184 de La Gaceta de Madrid.
PROVINCIA DE BADAJOZ
Burguillos, partido de Fregenal, de la Sierra, se llamará Burguillos del Cerro.
Valverde junto a Burguillos, partido de Fregenal de la Sierra, se llamará Valverde de Burguillos.

   Le siguen las páginas en los que encontramos el listado de las nuevas denominaciones de los pueblos de las provincias de Cuenca hasta parte de la de León (página tercera), desde parte de la de León hasta parte de la de Salamanca (página cuarta), desde parte de la de Salamanca hasta parte de la de Teruel (página quinta), y por último desde parte de la provincia de Teruel hasta el final (página sexta).
Pág. 13 del nº 184 de La Gaceta de Madrid.
Pág. 14 del nº 184 de La Gaceta de Madrid.
Pág. 15 del nº 184 de La Gaceta de Madrid.
Pág. 16 del nº 184 de La Gaceta de Madrid
PROVINCIA DE TOLEDO
Burguillos, partido de Toledo, se llamará Burguillos de Toledo.

Aprobado por S.M. = Madrid, 27 de Junio de 1916. = C. de Romanones.

   De este documento debemos extraer la siguiente consecuencia, y es que en ese año de 1916 nuestro pueblo debía de ser más importante que nuestros pueblos hermanos, de ahí que conservase su nombre original sin aditamentos como les ocurrió a los Burguillos del Cerro y a Burguillos de Toledo. También debió de tener su importancia el hecho de que el apellido de Burguillos sea originario de nuestro pueblo, y por último señalar que a partir de ese 1916 hay un nuevo pueblo, en la provincia de Badajoz, que lleva nuestro topónimo: Valverde de Burguillos.

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