Mostramos en Historia de Burguillos el capítulo XIII del libro "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia", de Francisco Rodríguez Hernández, editado por el Ayuntamiento de Burguillos y la colaboración de la Diputación de Sevilla en 1999, y que trata sobre La Hermandad del Santísimo Sacramento, ocupando las páginas 59 a 61 de dicha monografía y que pasamos a transcribir íntegramente:
Disponía de ingresos fijos, que le permitían afrontar con seguridad, los gastos propios de la misma.
La renta anual de la hermandad en 1716, era de 577 reales y medio de vellón.
Veamos su distribución:
En 14 tributos redimibles. 225 r/v.
En la renta de dos casas que se arrendaban temporalmente. 242 r/v.
En limosnas, reguladas porquinquenios. 110 1/2 r/v.
______________________________________________________________________
Total rentas: 577 1/2 r/v.
De esta cantidad se deducían para gastos 1921 1/2 r/v.; a saber:
Cantidad que pagaba la hermandad al beneficiado
y sacristán por las memorias de misas cantadas y rezadas,
que estaban situadas sobre todas las rentas. 120 r/v.
Por un tributo y recado de dichas dotaciones a la fábica. 12 1/2 r/v.
Cantidad que se consideraba de cuarta parte en la renta
de las dos casas fincas, para sus reparos. 60 r/v.
_______________________________________________________________________
Suma: 192 1/2 r/v.
Diferencia libre para cera y otros gastos. 385 r/v.
Para establecer un juicio acertado, de los que representa el estado de cuenta que queda consignado, debemos prescindir del criterio que nos dicta, nuestra mentalidad actual, y considerar que en la fecha a que estamos refiriéndonos, el valor del dinero era elevado, aunque el problema era poseerlo.
Pág. 59 de "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia". |
La Hermandad del Santísimo Sacramento
Era al parecer la más antigua, pues la documentación existente, nos aleja hasta 1632, como queda dicho, y era también la que gozaba de un mayor apoyo y desahogo económico.Disponía de ingresos fijos, que le permitían afrontar con seguridad, los gastos propios de la misma.
La renta anual de la hermandad en 1716, era de 577 reales y medio de vellón.
Veamos su distribución:
En 14 tributos redimibles. 225 r/v.
En la renta de dos casas que se arrendaban temporalmente. 242 r/v.
En limosnas, reguladas porquinquenios. 110 1/2 r/v.
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Total rentas: 577 1/2 r/v.
De esta cantidad se deducían para gastos 1921 1/2 r/v.; a saber:
Cantidad que pagaba la hermandad al beneficiado
y sacristán por las memorias de misas cantadas y rezadas,
que estaban situadas sobre todas las rentas. 120 r/v.
Por un tributo y recado de dichas dotaciones a la fábica. 12 1/2 r/v.
Cantidad que se consideraba de cuarta parte en la renta
de las dos casas fincas, para sus reparos. 60 r/v.
_______________________________________________________________________
Suma: 192 1/2 r/v.
Diferencia libre para cera y otros gastos. 385 r/v.
Para establecer un juicio acertado, de los que representa el estado de cuenta que queda consignado, debemos prescindir del criterio que nos dicta, nuestra mentalidad actual, y considerar que en la fecha a que estamos refiriéndonos, el valor del dinero era elevado, aunque el problema era poseerlo.
Pág. 60 de "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia". |
Pág. 61 de "El señorío de Burguillos (Sevilla); una aproximación a su historia". |
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